Taller de litigación ambiental Programa de Educación Jurídica Continua Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico ©Lcdo. Pedro Saadé Llorens,

1 Taller de litigación ambiental Programa de Educación Ju...
Author: Marcial Mangas
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1 Taller de litigación ambiental Programa de Educación Jurídica Continua Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico ©Lcdo. Pedro Saadé Llorens, 2007 ©Lcda. Érika Fontánez Torres, 2007

2 Marco de referencia  Constitución, Art. VI, sec. 19

3  Cláusula constitucional- Art.VI §19  Será política pública del Estado Libre Asociado la más eficaz conservación de sus recursos naturales, así como el mayor desarrollo y aprovechamiento de los mismos para el beneficio general de la comunidad.

4 Interpretación Art. VI, sec. 19  Paoli Méndez v. Rodríguez, 95 JTS 57:  La normativa jurídica sobre los recursos naturales y el medio ambiente tiene una insoslayable dimensión de orden constitucional.

5 Áreas del Derecho Ambiental (local y federal)  Política Pública Ambiental  Regulación contaminación: aire, agua, suelo, disposición desperdicios  Uso del Suelo y construcción  Marco de Derecho propietario  Daños ambientales  Delitos ambientales

6 Política Pública Ambiental Ley Núm. 416 de 22 de septiembre de 2004  Objetivos de la Ley  (1) la más efectiva protección del ambiente y los recursos naturales;  (2) el uso más prudente y eficiente de los recursos naturales para beneficio de toda la ciudadanía;  (3) un progreso social que reconozca las necesidades de todos; y,  (4) el logro y mantenimiento de altos y estables niveles de crecimiento económico y empleos (OJO)

7 Deberes del ELA, Art. 4  Preparación de documento ambiental  Principio de prevención (nuevo)  Carácter mundial de problemas ambientales

8 Art. 4(B)(3)  Obligación a los departamentos, agencias, municipios, corporaciones e instrumentalidades públicas:  Incluir en toda recomendación o informe sobre una propuesta de legislación y emitir, antes de efectuar cualquier acción o promulgar cualquier decisión gubernamental que afecte significativamente la calidad del medio ambiente, una declaración escrita y detallada sobre:

9  a) el impacto ambiental  b) efectos adversos al medioambiente  c) alternativas  d) la relación entre usos locales a corto plazo del medio ambiente y la conservación y mejoramiento de la productividad a largo plazo; y,  e) cualquier compromiso irrevocable o irreparable de los recursos naturales

10  Esta declaración de impacto ambiental será un documento público

11 Propósito  Que se tome en cuenta el impacto ambiental de las acciones ANTES de que se decida si llevarlas o no a cabo

12 Deberes JCA  Fiscalizar cumplimiento con la ley  Entablar, acciones civiles de daños y perjuicios para recobrar el valor total de los daños ocasionados al ambiente  Investigar, analizar y documentar el medio ambiente  Manejo transportación y depósito de desperdicios sólido  Control emisiones a la atmósfera  Control de ruido  Control de contaminantes de agua

13 Remedios Procesales  Querellas administrativas  Querellas criminales  Intervención  Acción en daños  Mandamus  Injuntcion  Estados Provisionales de Derecho  Art. 28- Ley de ARPE  Revisión Judicial

14 Aplicación: Reglamento para el proceso de presentación de documentos ambientales de la Junta de Calidad Ambiental de 2002

15 Tipos de documentos ambientales  Evaluaciones Ambientales  DIA-Negativa  DIA-Preliminar  DIA-Enmendada  DIA-Actualizada  DIA-Final

16 Bienes de Dominio P ú blico Mar í timo Terrestre

17 Clases de Bienes  Código Civil, Artículos 253-257  Bienes Patrimoniales Privados  Bienes Patrimoniales del Estado  Bienes dedicados al uso público  Bienes de dominio público DOMINIO PÚBLICO DOMINIO PRIVADO

18 dominio P Ú BLICO  Inenajenable  Imprescriptible  Inembargable De todos y todas …

19 Por naturaleza y por destino…  Por naturaleza: aire, mar, playas, zmt  Por su destino: plaza, el parque, el balneario

20 Dominio público marítimo-terrestre  Aguas territoriales y terrenos sumergidos  La ribera del mar y de los ríos  Zmt (incluye los terrenos ganados al mar!)  Marismas, albuferas,marjales, estuarios  y terrenos que se inundan por el flujo y reflujo de las mareas

21 Legislación  Ley de Aguas Española 1866  Ley de Puertos Española 1886  Ley Jones 1917  Ley de Relaciones Federales  Ley de Muelles y Puertos 1968  Ley orgánica del DRNA 1972  Reglamento núm. 4860 DRNA

22 Aplicación  Rubert Armstrong v. Estado Libre Asociado, 97 D.P.R. 588 (1969).

23 “Por dominio público de la Nación entiende el que a ésta compete sobre aquellas cosas cuyo uso es común por su propia naturaleza o por el objeto a que se hallan destinadas; tales son, por ejemplo, las playas, ríos, caminos, muelles y puertos públicos; su carácter principal es ser inenajenable e imprescriptible”. Rubert …

24 Ley de Aguas española  Concepto: playa y mar  Playa:  Espacio que cubre las aguas en el movimiento de la marea hasta donde llegan las altas mareas o hasta donde llegan las aguas en las tormentas ordinarias

25 Ley de Puertos española 1886  Añade el concepto zona marítimo-terrestre  “significa el espacio de las costas o fronteras marítimas de la Isla de Puerto Rico y sus adyacentes que forman parte del territorio español, y que baña el mar en su flujo y reflujo, en donde son sensibles las mareas, y las mayores olas en los temporales en donde no lo sean”

26 Paseo Caribe

27 Ley de Muelles y Puertos  Transfiere la jurisdicción sobre la zmt en zonas portuarias a la Autoridad de Puertos

28 Servidumbres  Vigilancia- Gravamen  Obligaci ó n de dejar expedita una v í a general de 6 metros contigua a la l í nea mayor de pleamar

29 Servidumbres  Salvamento  Gravamen en propiedad colindantes con el mar  20 metros de ancho contados hacia el interior de la tierra desde la zmt

30 BDPMT Aguas Territoriales y Terrenos sumergidos ZMT marealesSujetos a olas de temporales Terrenos ganados al mar

31 ZONA MARITIMO TERRESTRE (resumen y servidumbres) Acta Científica, 1994.

32 DRNA- Ley 23 de 1972  Inciso 5(h)- faculta al DRNA a administrar los bienes de dominio p ú blico mar í timo terrestre, mediante su vigilancia y conservaci ó n  6(c) DRNA tiene el deber de vigilancia, conservaci ó n y limpieza de playas; deslinde y saneamiento de la zmt y cuidado de los manglares

33 Reglamento n ú m. 4860 del DRNA  Para regir los bienes de dominio p ú blico mar í timo terrestre.  Establece los principios rectores para atender los conflictos de uso en los bienes de dominio p ú blico mar í timo terrestre, actividades permitidas, á reas a proteger, deslinde de la zmt, prohibiciones

34 Principios rectores del reglamento  Uso p ú blico  Acceso a las playas  Concesiones para usos dependientes del agua  Construcciones de libre acceso p ú blico

35 Deslinde y Saneamiento  Deslinde- Art. 2 (definiciones), pág. 18- Actividad mediante la cual se determinará los límites entre uno o más inmuebles colindantes con el dominio público marítimo- terrestre  Saneamiento- acciones dirigidas a mejorar las condiciones y eliminar efectos adversos

36 Proceso de deslinde  Artículo 3- de oficio o a petición de interesado  Notificación a propietarios colindantes y al municipio  Término de vigencia 1 año

37  Acceso …

38 Acceso a las playas  Reglamento 17 Junta de Planificación  400 m acceso peatonal  800 m acceso vehicular (áreas de distritos urbanos)  30 metros no se erigirán estructuras permanentes luego de las servidumbres de salvamento y vigilancia

39 Ley de Arena, Grava y Piedra Ley núm. 132 de 25 de junio de 1968

40 Remedios 1) Vistas públicas (previo al permiso y adjudicativo) 2) Recursos judiciales ( ej. “injuctions”) 3) Reconsideración y revisión ante el Tribunal de Apelaciones

41 Agencias con Jurisdicción  Departamento de Recursos Naturales y Ambientales  Junta de Planificación  Junta de Calidad Ambiental

42 Departamento de Recursos Naturales y Ambientales  Implementa política pública ambiental  Protección y conservación de los recursos naturales  Jurisdicción principal sobre actividades de graveros  Evalúa y otorga permisos de extracción  Exige una DIA  Celebra vistas públicas  Vela por el cumplimiento de la Ley de Arena, Grava y Piedra DRNA Negociado de permisos División de permisos de extracción de corteza terrestre

43 Tipos de Permiso  Formal  Simple  Incidentales  Exenciones

44 Permiso Formal-Vistas Públicas ¿Cuándo hay vistas públicas?  Antes de expedir un nuevo permiso- notificación al público  Se celebrarán en el municipio donde se llevará a cabo la actividad solicitada.

45 Permiso Formal ¿ Limitaciones?  máximo 5 años  no serán objeto de traspaso o cesión sin la aprobación del Secretario  Se fijará una fianza en todo permiso, que se consignará a favor del Secretario del DRNA  DRNA podrá revisar las condiciones y limitaciones y podrá ordenar los estudios pertinentes para la protección del interés público.

46 Vista Pública 2: después del permiso  podrá solicitar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de la notificación que se celebre una vista pública cuasi judicial.

47 Vigencia del Permiso Formal: (original o renovación)  Finca privada: máximo 5 años  Finca bajo el nivel freático o bien de dominio público: no más de 1 año.  Vigencia comienza 10 días después de la firma del Secretario.

48 Permiso Simple ¿Cuándo se trata de un permiso simple?  pequeña escala, no excede 1,000 m3 de arena o 5,000 m3 de otros componentes  sobrante no podrá ser destinado para la venta comercial, de lo contrario la extracción requiere permiso formal  máximo de 45 días, y se conceden un máximo de 2 veces al año.

49 Toda persona que se vea afectada por la adjudicación del permiso de renovación podrá pedir la celebración de vistas públicas de modo que pueda comentar y objetar a la renovación.

50 ¿Qué acciones bajo la Ley de Arena, Grava y Piedra SIEMPRE requieren la preparación de una DIA? zona costanera Cuencas hidrográficas de ríos que sean para la toma de agua.

51 Acciones/Pleitos ciudadanos  Cualquier persona afectada:  una acción civil  (1) Contra cualquier persona, corporación o gobierno en violación de ley, orden o reglamento.  (2) Contra el Secretario cuando este haya dejado de cumplir su deber al poner en vigor la ley y el reglamento u ordenes

52 Consultas de ubicación  Proceso y uso de consultas  Reglamento de Procedimientos Adjudicativos de la Junta de Planificación de 28 de septiembre de 1999  Reglamento de Planificación Núm. 4, conocido como el  Reglamento de Zonificación de Puerto Rico (Núm. 6211 de 5 de noviembre de 2000)

53  Asociación de Vecinos Tulip v. Junta de Planificación, 2007 TSPR 141  Hernández v. Centro Unido de Detallistas, 2006 TSPR 133  Ocean View v. Pascual, 2004 TSPR 48  Municipio de San Juan v. Bosque Real, 2003 TSPR 31

54 Parte Práctica Discusión de situación de hechos