1 Taller de Retórica y expresión oralJosé Julio León Gustavo P. Reyes
2 Argumentación Uno recurre a hechos, pruebas y razonamientos para construir un ARGUMENTO ARGUMENTACIÓN: Es el proceso en que se encadenan los argumentos para sustentar una conclusión. RACIONALIDAD: Consiste en usar la argumentación para resolver conflictos, tomar decisiones o lograr acuerdos.
3 Las fases del Debate [y la estructura del Curso]Presentación del caso Despertar Interés y Confianza Tópica/ Retórica Argumentación Convencer Aristóteles Toulmin Refutación Objetar Contra-argumentar Falacias Conclusión Balance de razones Persuadir (Compromiso) Teoría estándar de la Argumentación Jca. Retórica
4 Retórica La retórica aristotélica es "la facultad de conocer en cada caso aquello que puede persuadir" y su objeto de estudio son los efectos persuasivos (o disuasivos) del lenguaje. Aristóteles se basa en el principio de lo verosímil, en demostrar mediante razonamientos aquello que la opinión pública cree posible. Su lógica es la del sentido común, adaptada a los criterios de la gente: "Más vale un verosímil imposible que un posible inverosímil". Origen de la Retórica (siglo V a.C., en Siracusa). Vinculado a la participación política y a la práctica del Derecho. Transforma el ágora y foro judicial en espacio público de deliberación y disputa intelectual (y esgrima argumentativa). Derecho, lentamente, deja de ser “mandato” (voluntad) de una autoridad…
5 Criterios de distinción de lo justo y lo injustoAtenencia a la ley. Ley particular, la que ha sido definido por cada pueblo en relación consigo mismo, y ley común, algo que todos consideran conforme a la naturaleza (v.gr., Antígona de Sófocles). Carácter voluntario e intencionalidad de los actos. Con conocimiento; puede ser por previa elección o como consecuencia de una pasión. Algunos podrían reconocer haber realizado una acción, pero no su calificación (v.gr., haber tomado algo pero no haber robado); en tales casos el litigio es sobre si la acción es injusta o no. La equidad: Los casos que exceden la calificación de la ley y los que no figuran en ninguna ley particular y escrita (lagunas). “Porque lo equitativo es lo justo que está fuera de la ley escrita”. “Es propio de la equidad ser indulgente con las cosas humanas. Y mirar no a la ley, sino al legislador; no a la letra, sino a la inteligencia del legislador; no al hecho sino a la intención; no a la parte, sino al todo; no a cómo es ahora uno, sino a como ha sido siempre”. Aristóteles, Retórica.
6 INVENCIÓN DISPOSICIÓN ELOCUCIÓNEl árbol retórico ARTE RETÓRICO INVENCIÓN DISPOSICIÓN ELOCUCIÓN Exordio narración demostración epílogo Convencer Emocionar Pruebas Pruebas Ethos Pathos Extratécnicas técnicas Ejemplo entimema Analogía Generalización Indicios seguros verosímil signos
7 La Tópica o el arte de la InvenciónLugares comunes o tópicos generales, Definición: género y especie, partes o elementos, atributos o cualidades, Comparación Semejanzas y diferencias Grado Relaciones causas y efectos, Antecedente y consecuencia, Contrarios. Circunstancias Persona Tiempo: pasado o futuro Lugar y modo, Posible o imposible. Tópicos especiales Testimonios: Autoridad Testimonial Máximas Leyes Ejemplos Deliberativo Bueno o malo Conveniente o inconveniente Virtud o vicio Ventajoso o desventajoso Judicial Justo / Injusto Verdadero/ Falso
8 Exordio Es el comienzo del discurso y por el cual se prepara, predispone o capta el auditorio. Especies de exordios: Exordio por insinuación Exordio ex abrupto Exordio directo Consejos para un buen exordio: Es conveniente establecer claramente la proposición a discutir desde el principio. Debe guardar relación con el conjunto del discurso, en materia y tiempo: no debe ser inconexo ni durar mucho tiempo. Debe lograr la captatio benevolentiae; es decir, despertar interés por el tema y la simpatía del público por la proposición (usar citas y ejemplos). Hay que dejar para el cuerpo del discurso la serie de argumentos fundamentales y de evidencias decisivas.
9 División Tiene por objetivo el advertir a la audiencia qué cosa será la que se pondrá en discusión y por tanto a su resolución. Una correcta división, apunta Cicerón, confiere brillantez y claridad a todo el discurso. La división es la formulación adecuada de los puntos controvertidos o litigiosos, y sobre los que en definitiva se conformará la litis contestatio. Se llama como tal división, porque a los efectos de demarcar adecuadamente los puntos controvertidos, corresponderá dividir el tema genérico en secciones o capítulos, por lo que, en la medida que la división sea más amplia se corre mayor riesgo de alargarse o perder claridad.
10 Narración Es la exposición de las cosas sucedidas, esto es, de los hechos, que pueden ser reales o aparentes. Aristóteles decía: “Necesariamente hay que exponer un caso y luego demostrarlo”. Consejos para una buena narración: Se debe presentar y resumir en forma clara, breve y verosímil el asunto de que se trata. Se trata de llevar a cabo la función de presentar favorablemente la totalidad de los hechos de la causa, con el fin de obtener el éxito. Se trata, también hay que decirlo, de una exposición persuasiva. Recuerda Cicerón que “La narración será verosímil si en ella aparecen las características habituales de la vida real; si se respeta el rango propio de los personajes, se explican las causas de los acontecimientos, se señala que aparentemente hubo ocasión para cometer los hechos y se muestra que las circunstancias eran favorables, el tiempo suficiente y el lugar oportuno para los hechos que se narran; si los hechos se ajustan a la índole de los participantes, la opinión pública y los sentimientos de los oyentes. Podremos asegurar la verosimilitud siguiendo estos principios”.
11 (Atienza) Las partes de la argumentaciónPara comprender cabalmente la motivación de un juez en un determinado caso, se deben distinguir una serie de elementos. Los fundamentales parecen ser los siguientes: Narración: Se refiere a los hechos del caso, o sea, a lo que ha sucedido en el mundo social e institucional y que ha llevado al planteamiento de un problema jurídico. División: El problema o los problemas jurídicos de donde arranca la argumentación. En sede judicial, este problema admite una lectura binaria Las cuestiones y sub cuestiones de las que depende la solución del problema. ARGUMENTACIÓN: Las respuestas a esas cuestiones. (Argumentos) Las razones en las que se basan las respuestas. La solución al problema (o sea, el cierre de la pregunta inicial). La decisión del caso.
12 Narración: A fs.1 comparece doña Fabiola XX, RUT XXX, domiciliada en YYY, ciudad de Santiago, quien interpone este recurso de protección I.C , a favor de ella misma, en contra de la Sucursal Rondizzoni del Banco del Estado, ubicado en Santiago, en Avenida Viel Poniente 1965, local 2, porque cuando concurrió hasta la Caja a cobrar un cheque, el cajero respectivo la obligó a quitarse el velo islámico que llevaba, frente al Jefe de atención al cliente, lo que considera un trato vejatorio, humillante y discriminatorio en su libertad religiosa. Agrega que su cara estaba descubierta y que su hijab sólo oculta el pelo y el cuello. Después de aquello, su cheque fue pagado. La recurrente no señala disposición expresa de orden Constitucional que estime contrariada por lo sucedido, ni solicita a esta Corte adoptar alguna medida a este respecto. Sólo deja constancia del hecho. La recurrente acompaña una copia del oficio agregado a fojas 7 de autos, respuesta del Banco a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, en el que se señala que es efectivo que el cajero pidió a la recurrente que se quitara parte del atuendo que cubre su rostro, para verificar su identidad, cumpliendo con ello el funcionario, con el procedimiento normado para el cobro de documentos, que es igual para todos los clientes, por lo que no ha habido una actitud discriminatoria.
13 División:
14 Estructura del caso: 3 consideraciones fundamentales¿Existe el problema? ¿Es necesario el cambio? Propuesta debe responder a algún problema en la situación actual o generar algún beneficio nuevo. El sistema actual no resuelve el problema y la propuesta es una forma para resolverlo. ¿Solucionará la propuesta el problema?; ¿Traerá los beneficios que se plantean?; ¿Es factible de ejecutar?; ¿Es correcto hacerlo?. ¿Es conveniente?. Puede haber propuestas alternativas. Los beneficios no debieran anularse por efectos colaterales negativos (Balance, Costo/Beneficio, Consecuencias)
15 Análisis de la propuestaProblema no es significativo Problema no existe Acción no conducirá a Luego Acción conducirá a un Luego (2) menos confortable que ahora Acción no es posible Acción es mala, injusta Existe una Acción (2) mejor, más eficiente Luego es menor o igual que Ahora Luego vendrá sin necesidad de la acción Luego es una Utopía
16 Formas de los ArgumentosHay pruebas por persuasión ajenas al arte y propias del arte: las primeras no se obtienen por nosotros, sino que ya existían y hay que utilizarlas (testigos, confesión, documentos), las segundas podemos prepararlas con método y hay que inventarlas. Unas residen en el talante del orador (éthos) Otras en predisponer al oyente de alguna manera (pathos) Y las últimas, en el discurso mismo (logos), cuando les mostramos la verdad, o lo que parece serlo, a partir de lo que es convincente en cada caso (el argumento o prâgma). Todos proporcionan pruebas por persuasión aduciendo: Ejemplos (demostrar a base de casos semejantes): inducción retórica De la parte con la parte (analogía); o bien, sirviendo de base a una generalización (de parte a todo), que se usa como premisa para el silogismo o entimema. Entimema (obtener algo de ciertas premisas, universal o generalmente válidas) es un silogismo retórico. Los entimemas se dicen de: Lo probable; es lo que sucede la mayoría de las veces pero no absolutamente (regularidad y plausibilidad de los hechos). El signo de que algo ha sucedido o existe es lo que regularmente sucede antes o después, o bien, coexiste con ese algo.
17 Ejemplos: “Si usted sólo quiere igualar a la gente en educación escolar, por ejemplo, debería establecer una Escuela Nacional Unificada controlada por el Estado que prohíba a todos los padres de Chile decidir a qué colegio enviar a sus hijos y que elimine la educación privada. Eso, por supuesto, destruiría la libertad de elegir de las personas, algo que de hecho hace parcialmente la reforma educacional aprobada hace poco”. La Tercera,
18 “QUINTO: Que el artículo 5° de la ley mencionada, en sus dos incisos, expresa, en el primero, que se entiende por violencia intrafamiliar todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psíquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor o una relación de convivencia con él, o sea pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive, del ofensor o de su cónyuge o de su actual conviviente. Y en el segundo agrega que también habrá violencia intrafamiliar, cuando la conducta referida en el inciso precedente ocurra entre los padres de un hijo común, o recaiga sobre persona menor de edad o discapacitada que se encuentre bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar. SEXTO: Que la Corte concuerda con el razonamiento expuesto en el considerando quinto del fallo en alzada, por lo que concluye que la sentencia se encuentra ajustada a derecho, en cuanto en el concepto de conviviente incluye en forma extensiva, a aquel unido a otro en una relación de convivencia homosexual, a quien se considera además como integrante del grupo familiar, y en consecuencia se rechazará el recurso de nulidad deducido en contra de lo resuelto en el fallo recurrido. (…) la ley no distingue si "quien" tenga o haya tenido la calidad de conviviente con el autor del maltrato familiar ha de ser una persona de distinto sexo del ofendido, o puede ser del mismo sexo, por lo que no corresponde al intérprete desatender el tenor literal de la norma so pretexto de consultar su espíritu”. CA La Serena, , N° (RPP)
19 “UNDÉCIMO: Que como se ve, la participación, previo concierto del imputado en el lugar de los hechos se concluye de múltiples elementos probatorios que son recogidos por el fallo y a partir de ellos y no de simples hipótesis, el tribunal arriba a la convicción sobre la autoría que se le atribuye. Para ello se ponderó los llamados de auxilio de la víctima, señora Mackay, junto a su relato de la modalidad del ataque, el lugar en que el imputado es detenido y la conexión entre la hora del inicio del fuego y el momento en que es sorprendido, la dirección de la huida, las vestimentas, el rostro semicubierto, la presencia de polen de tubérculos en los zapatos -acreditada científicamente- y la herida a bala compatible con un disparo de una pistola de bajo calibre que se encontró en el lugar destrozada por la acción del fuego junto a un cargador vacío, pero con señas de haber sido disparada. Con estos elementos de convicción el tribunal concluye que la víctima repelió el ataque y que en ello fue herido Córdova Tránsito”. CS, , N°
20 “4°.- Que, los antecedentes enunciados en el motivo anterior, apreciados en su valor probatorio, conforme a las reglas de la sana crítica, permiten dar por establecido que la separación de la demandante, tuvo lugar el día 31 de mayo de 2010. Ello, porque todas las probanzas son precisas y concordantes entre sí, son múltiples y graves, emanan incluso de la demandada, y la experiencia indica que, dadas las consecuencias que ello conlleva, los trabajadores no concurren a Carabineros e Inspección del Trabajo, reclamando de un despido, sino sólo cuando este efectivamente ha tenido lugar”. CA de Santiago, , N° ingreso: (reforma laboral).
21 Refutación. Objeción: falacias. Contra-argumento.Argumentos contrarios pueden: dejarse de lado por no concluyentes; admitirse, si son irrelevantes; advertir su falta de pertinencia o suficiencia. refutarse.
22 FALACIAS INFORMALES 1.- DE FALTA DE RAZONES1.1.-Circularidad (Petitio Principii) Consiste en efectuar una pretensión y argumentar en su favor avanzando razones cuyo significado es sencillamente equivalente al de la pretensión original Ejemplos: a) “No se debe permitir el matrimonio entre homosexuales, porque el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer”. b) “Se deben penalizar los atentados a la honra porque la injuria es un delito”. c) “El voto debe ser voluntario porque las personas deben ser libres de votar o no votar”. COMENTARIO: La validez de las razones se basan en conclusión que pretenden fundamentar.
23 FALACIAS INFORMALES 2. DE RAZONES IRRELEVANTES2.1. Ad Hominen. En lugar de atacar un argumento se puede descalificar al que propone el argumento. 2.1.1 Ataque Personal Directo. Ej: “El candidato X ha sido acusado de lucrar con la educación”. Ataque Personal Circunstancial o Indirecto. Consiste en descalificar al que propone, apelando a sus intereses, las circunstancias en que se encuentra o sus relaciones (Asociación). Ejemplo: “¿deberíamos creer que esta ley funcionará, cuando ha sido creada por el mismo equipo que creo la ley del deporte, y la ley de protección animal?”. Inconsecuencia (Tu quoque). Consiste en descalificar un argumento mostrando que quien lo formula no se comporta de acuerdo con lo que propone. En otras palabras´: “si lo que propone es tan bueno, tú también (Tu quoque) deberías hacerlo”. Ejemplo: “¿Cómo puedes decirte católico y estar a favor del aborto?” 2.14. Envenenar la Fuente. Consiste en descalificar un argumento, atacando la credibilidad del que lo propone. Ejemplo: “Es obvio quienes se benefician con la educación privada defiendan el lucro en la enseñanza” / “Es obvio que los médicos se nieguen a aceptar el testamento vital o el poder privilegiado a un tercero”.
24 FALACIAS INFORMALES 3. FALACIAS DE RAZONES DEFECTUOSAS3.1.-Generalización Apresurada Esta falacia se produce al hacer uso de casos aislados para fundamentar un razonamiento u una conclusión de carácter general. La evidencia considerada puede ser cierta (válida) pero resulta muy insuficiente para sostener la conclusión (no se ha considerado la evidencia contraria). Ej: Inaplicabilidad art. 365 CP
25 FALACIAS INFORMALES 4. DE SUPOSICIONES NO GARANTIZADAS(La garantía ofrecida no es comúnmente aceptada) 4.1.- Non causa pro causa (Falsa causa) Cuando algo se identifica como la causa de un evento pero realmente no ha sido demostrada como causa del mismo. Por ejemplo: Caso Atala: convivencia con pareja homosexual, riesgo de vulnerabilidad para menores.
26 Epílogo "El silencio final también se prepara". El orador no preparado suele dar vueltas sin saber cómo cerrar; o meramente anuncia, con poco conocimiento de la psicología del público, que va a terminar su disertación y rompe así el encanto de la peroración. Es del todo aconsejable evitar las fórmulas estereotipadas, tales como: "Bueno, y no teniendo más que decir...", o "En honor al tiempo y para no cansarlos, voy a terminar aquí mi presentación", etc. Este paso debe llegar como una consecuencia necesaria del discurso, cuando el público tiene la impresión de que nada queda por decir o que es irrelevante agregar algo más. La conclusión descansa, como se ha dicho, en los puntos sustanciales y pertinentes (premisas) que sustentan la proposición del orador. Generalmente, está compuesta de una breve recapitulación de lo expuesto, indicando las premisas que han quedado demostradas o debidamente objetadas, según el caso, y un llamado a favor de la causa sostenida; dos pasos, uno para la razón y otro para el corazón.
27 Evaluación Inconstitucionalidad de la glosa de gratuidadIntroducción o exordio: Uso de “tópicos” Caso afirmativo: “división”, y “narración” del caso Estructura del caso negativo. “argumentación”, utilice, de ser posible, tres tipos de argumentos: argumentos que residen en el logos, argumentos que residen en el pathos, y argumentos que residen en el ethos. 5. Refutación 6. Conclusión
28 FIN