1 “TRAMITES PARA UN PROYECTO EMPRESARIAL”
2 2 El 57% de los españoles preferiría ser su propio jefe, un espíritu emprendedor que nos equipara con los estadounidenses y británicos. Pero no saber cómo desarrollar un negocio y su financiación son los principales obstáculos para conseguirlo. Según los datos de las Cámaras de Comercio por este motivo un 11% de las empresas desaparece al año de haberse creado y un 45% a los cuatro años.
3 3 Crear tu propio puesto de trabajo mediante el desarrollo de una actividad empresarial es una alternativa a tener en cuenta a la hora de plantearse el empleo.
4 4 Emprender (Del lat. vulgar prendere < lat. prehendere, coger, atrapar.)
5 5 1 Empezar una tarea que implica trabajo o presenta dificultades: emprendieron la ascensión a la cumbre. 2 Empezar a realizar una acción agresiva contra una persona o una cosa: la emprendió a puñetazos con unos chicos; la emprendió con él sin motivo. 3 Emprenderla para un lugar: Tomar un camino con el propósito de llegar a un lugar.
6 6 Emprender y empresa son concepciones ligadas a la toma de decisiones y a la acción: Pensar, reflexionar, actuar y analizar resultados. En ambos casos el pensamiento (análisis reflexivo), decisión y acción, son las señas de identidad de Emprender y de una Empresa.
7 7.... De pequeñas ideas pueden nacer grandes empresas; ¡ el éxito no viene a ti, tú vas a él! Mavra Collins
8 8 La Búsqueda de Oportunidades de Negocio. Hemos entrado en la era de la creación de empresas.
9 9 Pero, ¿qué significa crear una empresa y ser un empresario?.
10 10 “Un empresario es la persona que modifica una estructura económica, introduciendo nuevos productos y servicios, creando nuevas fórmulas de empresa que explotan los recursos materiales existentes”. Joseph Schumpeter (Economista de primero del siglo XX)
11 11 Nuestra definición incluye otro concepto: “Empresario es la persona que percibe o detecta una oportunidad para crear u ofrecer un producto o servicio, y constituye una entidad empresarial para desarrollar esta nueva actividad o idea”.
12 12 El empresario, ¿nace o se hace?. Hasta hace poco, la mayoría de Escuelas de Negocio (Business Schools) que impartían un programa de MBA (Master in Business Administration) defendían la idea de que no se podía enseñar el arte de crear o emprender una empresa (identificar una oportunidad y crear una empresa para llevarla a cabo), aunque si enseñaban cómo convertirse en un buen directivo a todos los niveles: marketing, recursos humanos, finanzas, etc.....
13 13 Hoy en día, el tema de creación de empresas y cómo formar a un futuro empresario es el programa más demandado y de mayor crecimiento de las Escuelas de Negocio (Business Schools) más competitivas del mundo. Como se ha comprobado, sí se puede formar y crear a un futuro empresario, ofreciéndole los conocimientos esenciales necesarios.
14 14 Ni los Colegios, ni los Institutos, ni los Centros de FP, ni las Universidades, ni los Centros de FPO o de Continua, están ofreciendo una línea de formación de emprendedores. La formación de emprendedores es la gran asignatura pendiente del sistema educativo español.
15 15 Llevar a cabo un proyecto empresarial no sólo requiere un respaldo económico; si no de la viabilidad técnica y comercial del proyecto, que unido a un conjunto de características personales que debe de poseer -en mayor o menor grado- un emprendedor, determinan que la idea de negocio sea o no exitosa.
16 16 CARACTERÍSTICAS DEL EMPRENDEDOR Responsabilidad. Optimismo realista. Dinamismo. Perseverancia. Tolerancia hacia la ambigüedad Independencia. Capacidad de decisión. Capacidad de planificar. Toma de decisiones meditadas. Capacidad de riesgos calculados. Capacidad de organización. Creatividad. Adaptabilidad. Iniciativa. Capacidad de negociar. Profesionalidad. Confianza en sí mismo.
17 17 Para concretar la idea de negocio es necesario definir un proyecto empresarial, que será analizado para conocer su posibilidad de ejecución. En cualquier caso, la creación de una empresa debe ser entendida como un proceso en el que se suceden tres momentos clave: FASE I: SURGIMIENTO DE LA IDEA. FASE II: ESTUDIO DE VIABILIDAD. FASE III: PUESTA EN MARCHA.
18 18 Posteriormente a la generación de la idea, es necesario explicar el proyecto para analizar si es viable, es decir, si generará ingresos suficientes para cubrir todos los gastos y las inversiones necesarias.
19 19 Para ello es conveniente elaborar el PLAN DE EMPRESA, el cual se desglosaría en las siguientes partes: La idea. Viabilidad Comercial. Viabilidad Económico – Financiera. Organización y recursos humanos. Infraestructura. Medidas de seguridad e higiene. Aspectos formales.
20 20 REFLEXIONES PREVIAS
21 21 En primer lugar será conveniente reflexionar sobre la situación de partida de la empresa. Valores. Misión. Concepto de negocio. Visión. Objetivos. Estrategias. Políticas.
22 22 VALORES (I) Son la base sobre la que se sustenta el proyecto, los valores de la empresa o, mejor dicho, los valores de las personas que la componen o, aún más concretamente, los valores de las personas que tienen poder para tomar las decisiones en la empresa.
23 23 VALORES (II) Los valores constituyen los cimientos sobre los que se edifican los demás conceptos clave de la empresa. Al ser creencias sobre lo que es deseable, valioso y justificable, los valores movilizan y amplifican las energías de una organización.
24 24 MISIÓN Sobre los valores, se construye la misión de la empresa. Podemos definirla como el propósito o finalidad de tipo socioeconómico de una organización. Incluye lo que la empresa aún no es en la actualidad, de ahí que la definamos como propósito o finalidad. Digamos que es la última razón de ser por la que la empresa va a diferenciarse del resto de compañías de su sector.
25 25 CONCEPTO DE NEGOCIO (I) La misión debería asimismo especificar el tipo de negocio en el que se encontrará la compañía. De este modo, la organización tendrá claro algo tan importante como saber a qué se dedicará y cuáles son los aspectos que no entrarán a formar parte de su actividad empresarial.
26 26 CONCEPTO DE NEGOCIO (II) Lo podemos definir a través de tres preguntas: 1)¿A quién serviremos?, o sea, el segmento del mercado al que nos dirigiremos. 2)¿Qué necesidades vamos a satisfacer?, obviamente, el tipo de necesidad. 3)¿Cómo vamos a satisfacer la necesidad descrita anteriormente?, o sea, la tecnología o el Know- now del producto o servicio que realizaremos.
27 27 VISIÓN La podemos definir como la imagen del futuro que quiere conseguir la empresa, una fotografía del futuro, que le da direccionalidad al trabajo de la compañía.
28 28 OBJETIVOS (I) Una vez que hemos definido los valores y la misión de la empresa, ya podemos preguntarnos, qué metas específicas se quiere alcanzar a nivel de negocio, que objetivos marcamos en un período de tiempo determinado.
29 29 OBJETIVOS (II) La necesidad de tener objetivos es evidente. Primeramente proporcionan un sentido de dirección a las personas, son una guía para la acción, ayudan a priorizar, centrando la energía directiva, y, legitiman la asignación de recursos.
30 30 ESTRATEGIAS Ligando todos los conceptos clave que hasta ahora se han presentado, podemos decir que la estrategia es la manera que tendrá la empresa de conseguir los objetivos, a partir de su misión, conforme a sus valores.
31 31 POLÍTICAS Son guías, líneas maestras de actuación o criterios de decisión para la selección de alternativas. Por tanto, son de un nivel inferior a las estrategias.
32 32 LA VENTAJA COMPETITIVA La podemos definir como la búsqueda de una posición competitiva favorable (…) y sostenible (a largo plazo). Así hablaremos que la empresa que alcanza esta situación tiene una ventaja competitiva.
33 33 FASE I. LA IDEA EMPRESARIAL
34 34 LA IDEA INICIAL Toda pretensión de llevar a cabo la dura tarea de poner en marcha una empresa ha de girar necesariamente en torno a una idea, una feliz idea que de repente, o tras largo tiempo de pensar en ello, surge en la mente del que será promotor del negocio.
35 35 La idea (innovación de un producto, servicio a realizar..) pude suponer una innovación sobre los productos o servicios que existen en el mercado, o mejorar un producto o servicio ya existente.
36 36 Para crear una empresa hay que fijarse en la innovación. El emprendedor debe analizar los cambios en el entorno: Cambio en los ingresos personales. Cambio en el tiempo libre. Cambio en el nivel educativo. Cambio en el mercado de trabajo. Cambio en el ámbito económico del país.
37 37 Pero una vez que tenemos la idea, son varias las preguntas que hemos de hacernos antes de seguir con el proyecto: ¿Se trata de una idea realista? ¿Es efectivamente viable? Las necesidades reales que nuestra idea pretende satisfacer, ¿No están ya cubiertas de modo suficiente por la competencia ya establecida?
38 38 FASE II. EL PROYECTO DE EMPRESA
39 39 CONCEPTO El Proyecto de Empresa es un documento formal, que recogerá de manera ordenada todas las variables involucradas en la creación de nuestro negocio.
40 40 CARACTERISTICAS Principalmente un buen Plan de Empresa habrá de recoger: La descripción del negocio que pretendemos crear. Un profundo y serio estudio acerca de la viabilidad real, viabilidad que ha de ser tanto técnica como económica y financiera.
41 41 CARACTERISTICAS Los objetivos que se persiguen con la creación de la empresa, y una detallada descripción de las estrategias que se habrán de seguir para la consecución de tales objetivos. Y por último, pero no menos importante, ha de ser convincente, no sólo para su propio artífice, sino también para todas aquellas personas que tengan acceso al Proyecto, puesto que de ello puede depender el conseguir o no suficientes recursos financieros que nos permitan poner en marcha nuestra iniciativa.
42 42 PARTES DEL PROYECTO En todo caso, un Proyecto de Empresa serio podría presentar la siguiente estructura:
43 43 I.Descripción de la idea empresarial. Esta sección recogerá la identificación de los promotores, su experiencia y sus objetivos, así como una breve descripción de la idea de negocio. II.Descripción del producto o servicio. Este capítulo se centrará en el adecuado detalle de las características del producto o servicio que nuestra empresa pretende producir o desarrollar, así como de las necesidades reales que habrá de cubrir uno u otro.
44 44 I.Estudio de mercado. Aquí el Proyecto adquiere ya la complejidad que le caracteriza. Un estudio de mercado es necesario para descubrir los potenciales consumidores de nuestro producto o servicio, tanto en su calidad como en su cantidad. Un mercado deficiente asegura ya desde el principio la necesidad de abandonar la idea o bien de modificarla convenientemente. No se debe reparar en esfuerzos, e incluso en gastos, a la hora de realizar nuestro estudio de mercado. En ocasiones incluso será conveniente delegar en una empresa especializada su realización.
45 45 I.Plan de marketing. El marketing o mercadotecnia pretende acercar el producto o servicio que habrá de ser el objeto de nuestra empresa a los potenciales consumidores de los mismos, y lograr efectivamente su venta. No se puede dejar al azar el hecho de que los usuarios conozcan o no nuestro producto, sino que será preciso adoptar una adecuada combinación de estrategias comerciales que hagan reales las ventas, y estas estrategias habrán de ser diseñadas y descritas con todo detalle en este capítulo.
46 46 I.Descripción técnica de la empresa. Desde el proceso productivo hasta la localización de las oficinas, talleres y almacenes, pasando por el mobiliario, maquinaria y suministros que serán necesarios, habrán de ser descritos aquí con la máxima precisión. II.Plan de compras. Son objeto de este capítulo los proveedores de los suministros, el control de calidad de los mismos, la gestión de los stocks, etc.
47 47 I.Organización y recursos humanos. Se describirá aquí el conjunto de actividades que serán precisas para llevar a cabo las tareas de dirección, producción, comercialización, etc., y las personas encargadas de realizarlas. Para ello convendrá describir con todo detalle cada puesto de trabajo, sus tareas, las aptitudes con que habrá de contar la persona que lo ocupe y su retribución.
48 48 I.Estudio económico-financiero. Este informe describirá los recursos necesarios para poner en marcha el Proyecto, así como sus fuentes y coste. También tratará de aventurar la rentabilidad del negocio y la efectiva supervivencia en el tiempo del mismo. Incluirá en todo caso una cuenta de resultados, un balance de situación y un presupuesto de tesorería, y no estarían de más un estudio sobre el punto de equilibrio o umbral de rentabilidad de la empresa, y un conjunto de ratios tanto financieros como económicos que den idea de la viabilidad del Proyecto.
49 49 I.Forma jurídica de la empresa. Es preciso desde un comienzo decidir si la forma jurídica del negocio será la del empresario individual o la de una sociedad mercantil. De la elección de una u otra dependerán tanto los trámites necesarios para su constitución como las obligaciones en materia laboral, Seguridad Social y tributarias que habrán de ser atendidas.
50 50 FASE III. CREACIÓN DE LA EMPRESA
51 51 ELECCIÓN DE LA FORMA JURÍDICA La elección de la forma jurídica se debería realizar al final del plan de empresa una vez que conocemos todos los factores que van a condicionar su elección. La elección de la forma jurídica debe ser un traje a medida para nuestra idea de negocio.
52 52 FACTORES A TENER ENCUENTA Número de socios. Cuantía del capital social. Requisitos de constitución. Obligaciones fiscales. Régimen de Seguridad Social. Contratación laboral. Responsabilidad frente a terceros.
53 53 FACTORES A TENER ENCUENTA Tipo de Actividad a ejercer.- La actividad que vaya a desarrollar la empresa puede condicionar la elección de la forma jurídica en aquellos casos en que en la normativa aplicable establezca una forma concreta. Así, las sociedades de crédito hipotecario deben adoptar la forma de sociedad anónima. Número de promotores.- El número de personas que intervengan en la actividad puede condicionar la elección. Así, cuando sean varios promotores lo aconsejable será constituir sociedad.
54 54 Responsabilidad de los promotores.- Este es un aspecto importante. La responsabilidad puede estar limitada al capital aportado (sociedades anónimas, limitadas...) o ser ilimitada, afectando tanto al patrimonio empresarial como al personal (autónomo, sociedad civil y comunidad de bienes).
55 55 Necesidades económicas del proyecto.- En principio las sociedades civiles son más baratas en su constitución ya que no es necesaria su inscripción en el Registro Mercantil y por lo tanto no tienen que pasar por el Notario. Además, no se exige capital inicial mínimo. Sin embargo, la Sociedad Limitada, la Anónima, las Sociedades Laborales y las Cooperativas exigen escritura notarial y un capital mínimo para empezar. Sin embargo ese desembolso inicial puede compensar, si lo que se pretende es limitar la responsabilidad futura a ese capital y por lo tanto proteger nuestro patrimonio personal.
56 56 Aspectos fiscales.- La diferencia fundamental entre unas sociedades y otras se encuentra en la tributación a través del IRPF en el caso de autónomos, sociedades civiles y comunidades de bienes, o bien a través del Impuesto de Sociedades en el caso de las sociedades limitadas, anónimas, laborales y cooperativas. En el IRPF se aplica un tipo impositivo progresivo que va elevándose según van incrementándose los beneficios, mientras que en el Impuesto de Sociedades se aplica un tipo fijo que será del 30 o 35% según los beneficios obtenidos.
57 57 CONSTITUCIÓN En este caso, nos vamos a centrar, en las dos principales formas jurídicas de empresa, en economía social: Las Cooperativas. Las Sociedades Laborales.
58 58 LAS COOPERATIVAS
59 59 LEGISLACIÓN APLICABLE Ley 2/1999 de 31 de marzo de Sociedades Cooperativas Andaluzas. Ley 3/2002, de 16 de diciembre por la que se modifica la Ley 2/1999 de 31 marzo de Sociedades Cooperativas Andaluzas. Real Decreto 136/2002, de 1 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas Ley 27/1999 de 16 de julio de Cooperativas. Ley 20/1990 de 19 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Cooperativas. Orden ECO/3614/2003 de 16 de diciembre, sobre los aspectos contables de las cooperativas.
60 60 CONCEPTO LA COOPERATIVA Según la Ley 2/1999, de 31 de marzo, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, se define el término Cooperativa como una sociedad participativa que asocia a personas físicas o jurídicas que tienen intereses o necesidades socioeconómicas comunes, para cuya satisfacción y en interés de la comunidad realizan cualquier actividad empresarial, con arreglo a los principios y disposiciones de esta ley.
61 61 CLASIFICACIÓN Cooperativas de primer grado Cooperativas de trabajo asociado. Cooperativas de consumidores y usuarios. Cooperativas de viviendas. Cooperativas de crédito. Cooperativas educacionales. Cooperativas de seguros. Cooperativas de servicios Cooperativas agrarias Cooperativas de explotación comunitaria de la tierra. Cooperativas de segundo o ulterior grado y de integración.
62 62 CONSTITUCIÓN Los pasos para la constitución de una sociedad cooperativa son los siguientes: Para poder constituir una sociedad cooperativa se tiene que obtener certificación del Registro de Cooperativas de que no existe inscrita otra sociedad cooperativa con idéntica denominación que la que se pretende adoptar. La denominación solicitada quedará reservada en favor de los solicitantes, por un plazo de 3 meses. Inscripción en el Registro de Cooperativas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
63 63 Se puede llevar a cabo a través de dos procedimientos: Procedimiento normal. Procedimiento abreviado. Se podrá solicitar directamente la inscripción cuando: Comparezcan todos los socios promotores ante el notario a otorgar directamente la escritura de constitución.
64 64 PROCEDIMIENTO NORMAL Supone la previa calificación del proyecto de estatutos y documentación antes de pasar a la fase de inscripción. En primer lugar es necesaria la celebración de la Asamblea Constituyente, la cual reúne las siguientes características: –La Asamblea Constituyente está formada por los socios promotores de la sociedad. –El Presidente y el Secretario de la Asamblea serán elegidos de entre los miembros de la Asamblea al comienzo de la sesión.
65 65 PROCEDIMIENTO NORMAL La Asamblea Constituyente tomará los siguientes acuerdos: –Aprobación de los Estatutos sociales de la cooperativa. –Nombramiento, entre los promotores, de las personas que ocuparán los distintos cargos de los órganos sociales de la misma. –Designación, de entre los promotores, de las personas que otorgarán la escritura de constitución, y entre las cuales estarán los elegidos para los cargos de sus órganos sociales. Su número será como mínimo tres. En tanto no se produzca la inscripción registral, la proyectada sociedad deberá añadir a su denominación la expresión "en constitución".
66 66 PROCEDIMIENTO NORMAL Calificación Una vez aprobados los Estatutos y antes de otorgar la Escritura Pública, pueden los promotores o gestores de la cooperativa, solicitar al Registro la calificación de los Estatutos. Esta opción es aconsejable porque el Registro al calificar está asegurando que se ajustan a la ley. La documentación que se debe aportar para obtener la calificación de los Estatutos es la siguiente: –Solicitud de calificación, dirigida al registro de Coop. de la Dirección General de Economía Social. –Acta de la Asamblea constituyente, en caso de haberse celebrado. –Estatutos, por duplicado ejemplar.
67 67 PROCEDIMIENTO NORMAL El siguiente paso es otorgar ante Notario la correspondiente escritura de constitución por todos los socios promotores o, en su caso, por los designados en la asamblea constituyente. La escritura de constitución deberán expresar, como mínimo, el siguiente contenido: Relación de promotores, con sus datos personales. Manifestación expresa de la voluntad de constituir una cooperativa de la clase que se trate. Aportaciones suscritas y desembolsadas por cada socio. Personas que han de ocupar los cargos sociales de la entidad.
68 68 PROCEDIMIENTO NORMAL Contendrá además, como anexos, los siguientes documentos: Certificación acreditativa de que no existe otra sociedad cooperativa con idéntica denominación, expedida por el Registro de Coop. de la Dirección General de E. S. de la Junta de Andalucía. Acta de la asamblea constituyente, en caso de haberse celebrado ésta. Estatutos de la sociedad. Manifestación de los otorgantes de que todos los promotores reúnen los requisitos necesarios para adquirir la condición de socio de la cooperativa. Manifestación de los otorgantes de que el importe total de las aportaciones desembolsadas por los promotores no es inferior al del capital social mínimo establecido estatutariamente. Certificación bancaria.
69 69 PROCEDIMIENTO NORMAL Inscripción Por último se debe solicitar la inscripción de la escritura de constitución en el Registro de Cooperativas. Los gestores designados solicitarán del Registro la inscripción de la sociedad mediante la presentación de una copia autorizada de la escritura pública de constitución y dos copias simples. La inscripción se realizará en el plazo de dos meses desde la solicitud, salvo que se observase algún defecto, que se pondrá en conocimiento de los gestores para su subsanación.
70 70 PROCEDIMIENTO NORMAL La documentación necesaria para la inscripción es la siguiente: Instancia solicitando la inscripción en el registro de Cooperativas (por duplicado). Aportar una copia autorizada de la escritura pública de constitución y dos copias simples. Acreditar la previa presentación para la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
71 71 LAS SOCIEDADES LABORALES
72 72 LEGISLACIÓN APLICABLE Ley 4/1997 de 24 de abril de Sociedades Laborales. Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Ley 2/1995, de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada. Real Decreto 2114/1998, de 2 de octubre, sobre el Registro Administrativo de Sociedades Laborales.
73 73 CONCEPTO LA SOCIEDAD LABORAL Las Sociedades Laborales son sociedades mercantiles de carácter especial, ya que se incorpora a la regulación habitual de las Sociedades Mercantiles determinados condicionantes considerados como de derecho mínimo necesario, y por tanto, no pudiendo ser variados sus mínimos o máximos por los estatutos sociales.
74 74 Concepto de Sociedad Laboral (Art. 1 L.4/1997) “... en las que la mayoría del capital social sea propiedad de los trabajadores que presten servicios retribuidos en forma personal y directa, cuya relación laboral lo sea por tiempo indefinido,...”
75 75 Concepto de Sociedad Laboral (Art. 1 L.4/1997) “... el número de horas año de los trabajadores por tiempo indefinido que no sean socios, no podrá ser superior al 15% del total de las horas-año trabajadas por los socios trabajadores.” Si la sociedad tuviera menos de 25 socios trabajadores, el porcentaje anterior se eleva al 25%.
76 76 Autorización administrativa (Art. 2 L.4/1997) Hay que recibir la calificación previa del órgano administrativo competente para poder operar con esta forma jurídica. La calificación es un paso previo a la inscripción en el Registro Mercantil, sin la cual no se adquiere la personalidad jurídica.
77 77 Denominación (Art. 3 L.4/1997) Debe figurar la indicación “Sociedad Anónima Laboral” o “Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral” o sus abreviaturas SAL o SLL según proceda.
78 78 Capital Social y Socios (Art. 5 L.4/1997) El capital social estará dividido en acciones nominativas o participaciones sociales, que podrán ser: De la clase laboral. De la clase general. Ningún socio podrá poseer acciones o participaciones que representen más de la tercera parte del capital (salvo las participadas por el Estado o CCAA,..., que asciende al 50%).
79 79 CAPITAL SOCIAL EN LA S. A. L. Mínimo 60.101,21 Euros. En la constitución totalmente suscrito y desembolsado como mínimo una cuarta parte. Las acciones deben ser nominativas, nunca al portador ni mediante anotaciones en cuenta. CAPITAL SOCIAL EN LA S. L. L. Mínimo 3.005,06 Euros. En la constitución totalmente suscrito y desembolsado.
80 80 CONSTITUCIÓN Obtención de certificado acreditativo de no existir ninguna sociedad con una denominación o razón social idéntica en el Registro Mercantil Central (Madrid). La Sociedad Laboral deberá constituirse mediante escritura pública e inscribirse en el Registro Mercantil, teniendo desde que quede inscrita personalidad jurídica propia. Para la inscripción en el Registro Mercantil de una sociedad laboral, deberá aportarse el certificado que acredite que dicha sociedad ha sido calificada por la Comunidad Autónoma como tal, e inscrita en el Registro Administrativo de Sociedades Laborales. Escritura de constitución y estatutos sociales. Se harán constar los mismos datos que en las de Sociedades Anónimas y Sociedades de Responsabilidad Limitada, recogiendo los datos referentes al capital social y a los socios trabajadores.
81 81 TRAMITES PARA CONSTITUIR UNA EMPRESA VISIÓN GENERAL
82 82 XXxXXx XXxXXx Inscripción de empresa Cobertura Riesgos Alta y afiliación de trabajadores TESORERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL X...X... X...X... Licencia de apertura Licencia de obras Impuestos: sobre construcc., instalac. y obras Sobre el incremento de valor de los terrenos TRÁMITES EN EL AYUNTAMIENTO XX.XX. XX.XX. Alta en censo Transmisiones patrimoniales Impuesto sobre bienes inmuebles TRÁMITES EN HACIENDA xXXxXX xXXxXX Certificación Negativa Escritura Notarial Trámites Especiales TRÁMITES PREVIOS SOCIEDAD LABORAL SOCIEDAD COOPERATIVA
83 83 xx IVA................ Inscripción en los registros: Mercantil Industrial De la propiedad inmobiliaria De la propiedad industrial TRÁMITES EN LOS REGISTROS.x.x.x.x Oferta de empleo Contratos de Trabajo TRÁMITES EN EL INEM XXXXXX XXXXXX Apertura de centro de trabajo Libros de visitas y matrícula Calendario laboral TRÁMITES EN TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL SOCIEDAD LABORAL SOCIEDAD COOPERATIVA
84 84 xx LIBROS REGISTRALES.. CUENTAS ANUALES XX IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES IRPF SOCIEDAD LABORAL SOCIEDAD COOPERATIVA
85 85 ANÁLISIS ESPECÍFICO DE LOS TRAMITES DE CONSTITUCIÓN PARA LAS SOCIEDADES LABORALES
86 86 REGISTRO MERCANTIL CENTRAL. CERTIFICACIÓN NEGATIVA DE LA DENOMINACIÓN DE LA SOCIEDAD Se puede solicitar por Internet: www.rmc.eswww.rmc.es Se solicitan tres nombres. Envían la certificación por mensajería, contra reembolso, o por correo certificado si se paga con tarjeta de crédito de forma previa. El certificado tiene una validez de dos meses, y el nombre lo reservan por un plazo de 15 meses.
87 87 ESCRITURA ANTE NOTARIO Certificación negativa del nombre de la sociedad. Estatutos por los que se va a regir la sociedad. Certificación bancaria del desembolso del capital social. CIF provisional. Definición de cargos sociales (forma de gobierno). Asignación de participaciones.
88 88 IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS Modelo 600 (disponible en la Web de la Junta de Andalucía, se puede descargar). Es obligatorio la autoliquidación aunque en las empresas de Economía Social la constitución está exenta de ITP y AJD (hay que hacer la autoliquidación a cero).
89 89 IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Ha quedado sustituido por el modelo de declaración censal (modelo 036). Las personas físicas están exentas. Las sociedades cuya facturación sea < 1 millón de € también están exentas. Las que esten obligadas modelo 840.
90 90 DECLARACIÓN CENSAL (MODELO 036) Su presentación puede ser telemática, si se dispone de la certificación FNMT (firma electrónica): www.aeat.eswww.aeat.es Solicitar CIF y alta habitual o previa a la entrega de bienes y servicios. Identificación de la sociedad y de su representante. Alta, modificación o baja en actividad.
91 91 DECLARACIÓN CENSAL (MODELO 036) Notificación en cuanto a obligaciones fiscales: IVA (régimen aplicable y fecha de inicio, identificación sectores diferenciados, prorrata provisional aplicable en el primer año). IRPF o Impuesto de sociedades (régimen de tributación). Retenciones y pagos a cuenta. Regímenes especiales. Relación de socios y % de participación.
92 92 IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES El impuesto es un tributo directo de carácter real, cuyo hecho imponible está constituido por: la propiedad de los bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana sotos en el respectivo término municipal. La titularidad de un derecho real de usufructo. La titularidad de un derecho de superficie. La titularidad de una concesión administrativa sobre dichos bienes o sobre los servicios públicos a los que estén afectados.
93 93 LICENCIA DE OBRAS La licencia de obras supone la autorización municipal para realizar obras. Su fin es comprobar la adecuación de la solicitud de licencia a lo establecido en la norma urbanística. La solicitud se hace en el ayuntamiento de municipio donde se radique el negocio en la correspondiente delegación de urbanismo.
94 94 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS Este, es un tributo indirecto cuyo hecho imponible está constituido por la realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística, se haya obtenido o no dicha licencia, siempre que su expedición corresponda al Ayuntamiento de la imposición.
95 95 LICENCIA DE APERTURA Toda persona física o jurídica que vaya a iniciar una actividad en un local o establecimiento, deberá solicitar en el departamento de urbanismo del Ayuntamiento donde radique la actividad, licencia de apertura. La licencia de apertura supone la autorización previa y necesaria para la apertura de establecimientos para el ejercicio de actividades industriales y mercantiles.
96 96 IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA Es un tributo que grava el incremento del valor que experimentan los terrenos de deben tener la consideración de urbanos a efectos del impuesto sobre bienes inmuebles, con independencia que estén o no contemplados en el catastro o padrón.
97 97 RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. INSCRIPCIÓN DE EMPRESA Prácticamente toda la información está en: www.seg-social.es salvo los modelos: www.seg-social.es TA.6 inscripción del empresario. TA.7 segundo c.c.c. Es necesario tener la certificación de la FNMT lo que permite el alta como operador/colaborador de la Seguridad Social a través del sistema RED (remisión electrónica de datos). Te permite dar altas a trabajadores, bajas y modificaciones, realizar las cotizaciones, solicitar información de la empresa (vida laboral, certificados de cotización, etc
98 98 ALTA DE COBERTURA DE RIESGOS DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDAD PROFESIONAL Junto a la inscripción del empresario en la seguridad social, debe indicarse quien se hace cargo de las coberturas de riesgo de AT y EEPP y contingencias comunes. Suele acogerse a una Mutua de Accidentes de Trabajo, (también las contingencias comunes y enfermedad común).
99 99 RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. ALTA Y AFILIACIÓN DE LOS TRABAJADORES AL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL La afiliación se realiza, en la actualidad con el nacimiento de la persona. Modelo TA2/S alta en el régimen general de la seguridad social, previa a la incorporación del trabajador al puesto de trabajo. Superado los 5 trabajadores en alta será necesario contratar un Servicio de Prevención en los términos que marca la Ley.
100 100 REGÍMENES ESPECIALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL. ALTA Y AFILIACIÓN DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS El plazo de solicitud es de un mes desde el alta censal o de la incorporación a la sociedad. Modelo TA.0521 En la solicitud se indicará la causa del alta en el régimen (ser administrador de la sociedad mercantil, socio cooperativista,…, o personas fisicas que ejerzan actividad. En la solicitud se indicará si solicita la cobertura, y las coberturas por A. T. (nueva regulación autónomos). Cobertura de enfermedad común (se cobra a partir del cuarto día). La cobertura de accidente de trabajo (se cobra desde el día siguiente del accidente) la cuota depende del epígrafe de la actividad (oscila entre el 1% y el 9% de la base de cotización por contingencias comunes.
101 101 COMUNICACIÓN DE APERTURA DEL CENTRO DE TRABAJO El modelo que existe es Standard por lo que no tiene asignado ningún código, se diligencia en las delegaciones del ministerio de trabajo, en la autoridad laboral.
102 102 LIBRO DE VISITAS Debe de existir uno por cada centro de trabajo. Se legaliza en las delegaciones provinciales del ministerio de trabajo y asuntos sociales y previo al inicio de la actividad.
103 103 LIBRO DE MATRÍCULA Ya no es necesario, al dejar de ser obligatorio.
104 104 LIBRO DE HOJAS DE RECLAMACIONES Se adquieren y diligencian en las delegaciones provinciales de consumo.
105 105 CALENDARIO LABORAL Pactado con los trabajadores o por convenio y debe estar expuesto en lugar visible.
106 106 INSCRIPCIÓN ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS No es obligatorio pero si aconsejable desde un primer momento registrar la marca o las patentes que vallamos a usar en nuestro negocio ya que así evitaremos que otros nos copien.
107 107 INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO QUE CORRESPONDA EN FUNCIÓN DE LA ACTIVIDAD A DESARROLLAR La inscripción es obligatoria. La documentación necesaria: Solicitud Descripción de la actividad e instalaciones. Modelo censal de alta. Todo lo encontraremos en www.juntadeandalucia.es www.juntadeandalucia.es
108 108 IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO El funcionamiento del impuesto sería IVA repercutido menos IVA soportado (necesario para la actividad). Modelo 300 trimestral. Modelo 390 anual (declaración informativa). Si es gran empresa son otros modelos, y existen otros regímenes especiales con otros modelos: Modelo 349 operaciones intracomunitarias. Modelo 347 operaciones con terceros de más de 3005,06€
109 109 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Modelos 100 y 101 IRPF. Modelo 130 pago a cuente IRPF. Modelos 110 /190 retenciones de trabajadores y profesionales. Modelos 115 / 180 retención de arrendamientos.
110 110 IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES El funcionamiento del impuesto: ingresos computables menos gastos deducibles. Modelo 201 impuesto de sociedades, plazo 25 de julio. Modelo 202 pago a cuenta impuesto de sociedades, plazos, abril, octubre, diciembre. El tipo es el 30% para empresas de reducidas dimensiones hasta 90.000€ de beneficio, el resto al 35% que es el tipo general.
111 111 CUENTAS ANUALES Inscripción en el registro mercantil. Balance. Cuenta de resultados. Memoria. Plazo de formulación de las cuentas 3 meses. Un mes después legalización de libros. A los 6 meses de cierre de las cuentas Asamblea General para su aprobación. Y 1 mes después deposito de cuentas anuales.
112 112 LIBROS OBLIGATORIOS PARA LAS SOCIEDADES Libro de socios. Aportaciones al capital social. Libros de actas. Inventario y cuentas anuales. Diario. Registro de facturas emitidas y recibidas.
113 113 CONTRATOS DE CESIÓN Y LICENCIA DE LOS DERECHOS INDUSTRIALES Los derechos de propiedad industrial son bienes objeto de valoración económica que forman parte del patrimonio de la empresa, y por tanto pueden transmitirse por todos los medios que el derecho reconoce. Cesión: es el contrato por el que el titular de un derecho transfiere, generalmente a cambio de un precio, la propiedad del derecho del contrato. Licencia: es el contrato por el que el titular de un derecho, reteniendo su propiedad, autoriza a un tercero a usar o explotar ese derecho en las condiciones previstas en el contrato que se firme.
114 114 CONTRATO DE FRANQUICIA El acuerdo de franquicia es el contrato en virtud del cual una empresa, el franquiciador, cede a la otra, el franquiciado, a cambio de una contraprestación financiera directa o indirecta, el derecho a la explotación de una franquicia para comercializar determinados tipos de productos y/o servicios y que comprende por lo menos: El empleo de una marca, nombre comercial o rótulo de establecimiento común. La presentación uniforme de locales y/o medios de transporte. La comunicación por el franquiciador al franquiciado de un Know-how. La prestación continua por el franquiciador al franquiciado de asistencia técnica o comercial durante la vigencia del acuerdo.
115 115 LICENCIA DE KNOW-HOW Se entiende por Know-how los conocimientos técnicos no patentados, secretos y sustanciales e identificados de forma apropiada. Los acuerdos puros de licencia de Know-how son aquellos por los que una empresa, el licitante, comunica el Know-how, con o sin necesidad de revelar cualquier mejora posterior, a otra empresa, el licenciatario, para su explotación en el territorio concedido.
116 116 COMPETENCIA DESLEAL Ley 3/1991, de 10 de Enero, de Competencia Desleal. Ley 52/1999, de 28 de Diciembre, de reforma de la Ley 16/1989, de 17 julio, de Defensa de la Competencia.
117 117 COMPETENCIA DESLEAL Se considera desleal: Todo acto contrario a la buena fe. Todo comportamiento que resulte idóneo para crear confusión con la actividad, las prestaciones o el establecimiento ajenos. El riesgo de asociación por parte de los consumidores respecto de la procedencia de la prestación es suficiente para fundamentar la deslealtad de una práctica. La utilización o difusión de indicaciones incorrectas o falsas, la omisión de las verdaderas y cualquier otro tipo de práctica que sea susceptible de inducir a error a las personas a las que se dirige o alcanza, sobre la naturaleza, modo de fabricación o distribución, características, aptitud en el empleo, calidad y cantidad de los productos y, en general, sobre las ventajas realmente ofrecidas.
118 118 COMPETENCIA DESLEAL La entrega de obsequios con fines publicitarios y prácticas comerciales análogas se reputarán desleales cuando, por las circunstancias en que se realicen, pongan al consumidor en el compromiso de contratar la prestación principal. La oferta de cualquier clase de ventaja o prima para el caso de que se contrate la prestación principal se reputará desleal cuando induzca o pueda inducir al consumidor a error acerca del nivel de precios de otros productos o servicios del mismo establecimiento, o cuando dificulte gravemente la apreciación del valor efectivo de la oferta o su comparación con otras alternativas. La realización o difusión de manifestaciones sobre la actividad, las prestaciones, el establecimiento o las relaciones mercantiles de un tercero que sean aptas para menoscabar su crédito en el mercado, a no ser que sean exactas, verdaderas y pertinentes. La comparación pública de la actividad, las prestaciones o el establecimiento propios o ajenos con los de un tercero cuando aquella se refiera a extremos que no sean análogos, relevantes ni comprobables.
119 119 COMPETENCIA DESLEAL La imitación de prestaciones de un tercero cuando resulte idónea para generar la asociación por parte de los consumidores respecto a la prestación o comporte un aprovechamiento indebido de la reputación o el esfuerzo ajeno. La imitación sistemática de las prestaciones e iniciativas empresariales de un competidor cuando dicha estrategia se halle directamente encaminada a impedir u obstaculizar su afirmación en el mercado y exceda de lo que, según las circunstancias, pueda reputarse una respuesta natural del mercado. El empleo de signos distintivos ajenos o denominaciones de origen falsos acompañados de la indicación acerca de la verdadera procedencia del producto o de expresiones tales como "modelo", "sistema", "tipo", "clase" y similares. La divulgación o explotación, sin autorización de su titular de secretos industriales o de cualquier otra especie de secretos empresariales a los que se haya tenido acceso legítimamente, con deber de reserva, o ilegítimamente.
120 120 COMPETENCIA DESLEAL La inducción a trabajadores, proveedores, clientes y demás obligados, a infringir los deberes contractuales básicos que han contraído con los competidores. Prevalerse en el mercado de una ventaja competitiva adquirida mediante la infracción de las leyes. El tratamiento discriminatorio del consumidor en materia de precios y demás condiciones de venta, a no ser que medie causa justificada. La explotación por parte de una empresa de la situación de dependencia económica en que puedan encontrarse sus empresas clientes o proveedores que no dispongan de alternativa equivalente para el ejercicio de su actividad. Esta actividad se presumirá cuando un proveedor además de los descuentos o condiciones habituales, deba conceder a su cliente de forma regular otras ventajas que no se conceden a compradores similares.
121 121 COMPETENCIA DESLEAL Tendrá la condición de desleal: La ruptura de una relación comercial sin que haya existido preaviso de seis meses. la obtención, bajo la amenaza de ruptura de relaciones comerciales, de precios, condiciones de pago... La venta realizado bajo coste, o bajo precio de adquisición, en los siguientes casos: Cuando sea susceptible de inducir a error a los consumidores acerca del nivel de precios de otros productos o servicios del mismo establecimiento. Cuando tengo por efecto desacreditar la imagen de un producto o de un establecimiento ajenos. Cuando forme parte de una estrategia encaminada a eliminar a un competidor o grupo de competidores del mercado.
122 LAS AYUDAS AL EMPRENDEDOR
123 123 LAS AYUDAS AL EMPRENDEDOR Uno de cada dos negocios se crea sin acudir a subvenciones públicas por la cantidad de obstáculos que hay para acceder a ellas. La abundante documentación exigida, la ignorancia de dónde buscar la información y el retraso con que se conceden desesperan a los nuevos empresarios.
124 124 De las cerca de 300.000 empresas nuevas que se crean cada año en nuestro país, el 50% no ha acudido nunca a una institución pública para obtener algún apoyo monetario para consolidar el negocio. El informe “Instrumentos de Apoyo a Empresas Jóvenes”, presentado por el Consejo Superior de las Cámaras de Comercio, achaca lo anterior a la perdida de tiempo por la excesiva burocracia, el retraso en recibir las ayudas, los exigentes requisitos a cumplir para optar a ellas y el desconocimiento sobre la existencia de las mismas.
125 125 No obstante lo bueno es recibir el apoyo y no el tiempo que tarde en llegar, “toda ayuda debe ser un complemento, puesto que si el incipiente negocio depende de ella ya no empieza bien. La empresa debe ser sostenible por si sola”. Aunque la financiación es clave para la consolidación especialmente en los primeros meses de vida.
126 126 Pero la mayor dificultad que encuentran los emprendedores a la hora de beneficiarse del apoyo público a la creación y consolidación del negocio es la abundante documentación que se exige. Un 61% de las 400 empresas jóvenes –creadas en 1999 y que aún perduraban en 2003- encuestadas en el informe asegura que el papeleo y la burocracia son grandes obstaculos que limitan el acceso a las ayudas. Y sí se trata de negocios pequeños estas trabas pueden hacer que el emprendedor ni siquiera se plantee pedir ayuda.
127 127 “Si la información fuera más accesible y optar a las ayudas más fácil, los expertos creen que se crearían más empresas y morirían menos”.
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