1 Una Nueva Condición del “Pacto Social” La Transparencia, el Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. Cd. Victoria Tamaulipas 9 de noviembre de 2012.
2 Índice 1.Antecedentes 2.Precisiones sobre el tema. 3.La transparencia a México 4.¿Qué sigue?
3 Los clásicos Hammurabi (1792-1750 a C. ) Cristianismo, Budismo, Islamismo, Judaísmo, Hinduismo, Etc. Etc…. Tomas Moro (1478-1535). Utopía Nicolas Macchiavelli (1469-1527) El Príncipe Tomas Hobbes (1588-1679). El Leviatán. Jhon Locke (1632-1704). El Estado de Naturaleza.
4 Los clásicos Jean - Jacques Rousseau (1712-1778). El Contrato Social. Barón de Montesquieu (1689-1755). El Espíritu de las Leyes.
5 Ley para la libertad de prensa y del Derecho de Acceso a las Actas Públicas (1776). “Si la Constitución no lograra nada más, de todos modos nuestra nación cambiará con la acción de esta ley que ha nacido a su amparo” Anders Chydenius Anders Chydenius
6 Revolución Francesa Inicia una nueva era: La Edad Contemporánea. Asamblea Nacional Constituyente (1789- 1791) “El titular de la soberanía es el pueblo y no los reyes”. Nacen los “CIUDADANOS”
7 Segunda Guerra Mundial El mundo se transformó. Se crean nuevas instituciones mundiales Surge un nuevo orden mundial.
8 Declaración Universal de los Derechos Humanos. Artículos 19 y 29 Convención Americana sobre Derechos Humanos. Artículo 13 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Artículo 19 Declaración de principios sobre la libertad de expresión aprobada por la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos. Principio 4 Regulación Internacional sobre el Derecho de Acceso a la Información 1948 1969 1976 2000
9 Caída del Muro de Berlín
10 11 de septiembre de 2001 Se pone en juego la seguridad y se restringe cierta información.
11 Cronología de Leyes de Acceso a la Información (LAI)
12 Cronología de Leyes de Acceso a la Información (LAI)
13 En los últimos 5 años del siglo XX, más de cuarenta países del mundo, incluido México, instituyeron sus propias leyes de acceso a la información. Para el 2005 se habían contabilizado mas de sesenta y dos naciones con leyes de acceso. Verde: Ley de acceso promulgada Amarillo: Ley de acceso pendiente Crema: Sin ley de acceso
14 Es la actitud de máxima apertura y publicidad de la información pública de quienes ejercen el quehacer y recurso público. Es una forma de ser, hacer y vivir el quehacer público. Transparencia
15 Se rompe el paradigma de considerar a la información como propiedad del Estado y de los Funcionarios Públicos. Acceso a la Información
16 Derecho de Acceso a la Información Transparencia Rendición de Cuentas
17 La reforma constitucional de 1977, modificó la parte final del artículo 6º de la Constitución Federal para introducir la frase: 1977 Sin embargo el debate se concentró en la vertiente relativa a la regulación de los medios de comunicación. Pocos se percataron de la otra gran vertiente del derecho a la información que la constituía el acceso a la información gubernamental. “El derecho a la información será garantizado por el Estado”. La Transparencia en México SCJN
18 SOCIEDAD GOBIERNO = CULTURA DE TRANSPA- RENCIA La participación de la sociedad es fundamental en el combate a la corrupción y en la construcción de una cultura de legalidad y transparencia.
19 2002 Fue hasta el 2002, una vez consolidada la democracia electoral y al iniciar el proceso de transición democrática cuando el Congreso de la Unión aprobó por unanimidad, la “Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental”, publicada en el D.O.F. el 11 de junio del 2002. La Transparencia en México
20 Las Leyes de Acceso a la Información en los Estados “Espesamos a construir el edificio de la democracia, con materiales y tabiques de distinta calidad, dimensiones y resistencia.” Alonso Lujambio
21 Las Leyes de Acceso a la Información en los Estados
22 2002 (5) Ámbito de aplicación Fecha de publicación Vigencia Ley a partir de Plazo para la entrada en vigor Ejercicio del derecho desde Plazo para el ejercicio del Derecho Jalisco*22/Ene/200222/May/20024 meses19/Sep/20024 meses Sinaloa26/Abr/200227/Abr/20021 día27/Abr/200312 meses Federal11/Jun/200212/Jun/20021 día12/Jun/200312 meses Aguascalientes30/Jul/200215/Ene/20035.5 meses15/Ene/20030 días Michoacán28/Ago/200220/Feb/20036 meses20/Feb/200412 meses Querétaro27/Sep/200228/Sep/20021 día01/Abr/20036 meses 2003 (8) Nuevo León21/Feb/2003 0 díasSeptiembre 20037 meses Durango25/Feb/200326/Feb/20031 día26/Ago/200418 meses Colima01/Mar/200302/Mar/20031 día02/Mar/200412 meses San Luis Potosí20/Mar/200321/Mar/20031 día21/Mar/200412 meses Distrito Federal08/May/200309/May/20031 día (mayo 2004).12 meses Guanajuato29/Jul/200302/Ago/20034 días31/Ago/200413 meses Morelos27/Ago/200328/Ago/20031 día28/Ago/200412 meses Coahuila04/Nov/200304/Feb/20043 meses01/Dic/200410 meses 29 Leyes de acceso a la información en México (28 estatales y la federal)
23 2004 (9) Ámbito de aplicación Fecha de publicación Vigencia Ley a partir de Plazo para la entrada en vigor Ejercicio del derecho desde Plazo para el ejercicio del Derecho México30/Abr/200401/May/20041 día23/Jul/200416 meses Quintana Roo31/May/200401/Jun/20041 día31/Jul/200514 meses Yucatán*31/May/200404/Jun/20044 días04/Jun/200512 meses Veracruz08/Jun/200408/Dic/20046 meses08/Oct/200510 meses Nayarit16/Jun/200417/Jun/200512 meses17/Dic/20056 meses Zacatecas14/Jul/200415/Jul/20041 día15/Jul/200512 meses Tlaxcala13/Ago/200413/Ago/200512 meses13/Ago/20050 días Puebla16/Ago/200417/Ago/20041 día17/Feb/200618 meses Tamaulipas25/Nov/200426/Nov/20041 día26/Jun/20056 meses 2005 (6) Sonora25/Feb/200526/Feb/20051 día1/Feb/200611 meses Baja California Sur 20/Mar/200501/Ene/2006287 días01/Ene/20060 días Campeche21/Jul/2005 1 día 150 días después de publicado el Reglamento del OAIP Pendiente Baja California12/Ago/200513/Ago/20051 día13/Feb/20066 meses Guerrero14/Oct/200514/Feb/20064 meses11/Jun/064 meses Chihuahua15/Oct/200516/Oct/20051 día1/Ene/0715 meses 29 Leyes de acceso a la información en México (28 estatales y la federal)
24 Leyes que prevén la integración de un Órgano de Acceso a la Información Pública SI (26)NO (3) FederalMichoacánAguascalientes* Baja CaliforniaMorelosTamaulipas Baja California SurNayaritVeracruz CampecheNuevo León * Tercera Ley local ChihuahuaPuebla CoahuilaQuerétaro ColimaQuintana Roo Distrito FederalSan Luis Potosí DurangoSinaloa GuanajuatoSonora GuerreroTlaxcala JaliscoYucatán MéxicoZacatecas
25 26 Órganos de acceso a la información pública
26 * Organizaciones no gubernamentales, organismos de atención social, institutos de investigación, etc. ** No los señala expresamente la ley. (Órganos de interés público o personas de derecho público o privado que ejercen gasto público) sobre los Atribuciones de los 26 OAIPS sobre los Sujetos Obligados
27 Modelo 1 (8 casos) El Congreso del Estado los propone y aprueba por mayoría calificada Campeche, Chihuahua, Coahuila, Jalisco, Morelos, Nayarit, Quintana Roo y Sonora Modelo 2 (6 casos) Propuestos por el Titular del Ejecutivo del Estado y aprobados por el Congreso del Estado Colima, Durango, Michoacán, San Luis Potosí, Sinaloa y Zacatecas Modelo 3 (1 caso) Cada uno de los Poderes del Estado designa a un Consejero. El Titular del Ejecutivo designa además al Director General del Instituto. Guanajuato Modelo 4 (7 casos) Propuestos por la sociedad y aprobados por el Congreso del Estado Baja California, Distrito Federal, Guerrero, Nuevo León, Puebla, Querétaro y Tlaxcala Modelo 5 (3 casos) El Titular del Ejecutivo los designa y lo hace del conocimiento del Congreso del Estado quien podrá objetar. Federal, México y Yucatán Modelo 6 (1 caso) 10 Integrantes: 3 Diputados de la Comisión Permanente de Transparencia del Congreso Estatal; El Secretario General de Gobierno del Estado; 1 Magistrado designado por el Pleno del Tribunal Superior de Justicia y El Secretario General de cada uno de los 5 municipios. Baja California Sur Procedimiento para la designación, nombramiento o elección de los integrantes del Pleno
28 Naturaleza jurídica del OAIP Modelo 1 (4 casos) Órgano Constitucional Autónomo. Chihuahua, Coahuila, Jalisco y Morelos. Modelo 2 (19 casos) Organismo Público Descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, autonomía operativa, presupuestaria y de decisión. Campeche, Colima, Distrito Federal, Durango, Federal, Guanajuato, Guerrero, México, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Quintana Roo, Querétaro*, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Yucatán y Zacatecas. * La Ley establece en el artículo 6° transitorio, que el OAIP tendrá Autonomía Constitucional a partir de una reforma a la Constitución Política, misma que hasta la fecha no se ha llevado a cabo. Modelo 3 (1 caso) Órgano de Carácter Permanente, de consulta, honorífico y de evaluación. Tlaxcala Modelo 4 (1 caso) Órgano Ciudadano, auxiliar de los sujetos obligados, con atribuciones de vigilancia, consulta y propuesta Baja California Modelo 5 (1 Caso) Órgano Interinstitucional conformado por los tres Poderes Públicos y municipios del Estado, que se encargará de garantizar el ejercicio, disfrute, promoción, difusión e investigación del derecho de acceso a la información pública. Baja California Sur
29 Requisitos para solicitar información * Deberá acreditarse ciudadanía del Estado. ** Son requisitos opcionales para el solicitante
30 Sujetos obligados por las 29 leyes Además de los 3 poderes, los órganos autónomos constitucionales, las empresas paraestatales y paramunicipales: * Organizaciones no gubernamentales, organismos de atención social, institutos de investigación, etc. ** No los señala expresamente la ley. (Órganos de interés público o personas de derecho público o privado que ejercen gasto público)
31 Medios para solicitar información
32 Costos por entrega de información
33 Ha fortalecido la acción de organismos civiles Ha generado debates sobre la transparencia en otros actores sociales que ejercen presupuesto público: OSC’s Partidos políticos Universidades Sindicatos Ampliación del espacio público
34 Democracia: un fin común. Cultura Legalidad Cultura Transparencia Sociedad Más Democrática Accesibilidad Certeza Confianza Equidad Participación
35 Artículo 6º Constitucional El 20 de julio de 2007,fue publicado en el DOF una reforma constitucional que adiciona a este numeral, ocho párrafos e introduce dos principios y seis bases, otorgando un “piso mínimo” a nivel nacional en este tema. Reforma que otorga en definitiva, a toda persona, el poder de conocer sin trabas ni condiciones artificiales todos los documentos en los que consta la actividad de los gobiernos federal, estatal y municipal de México
36 La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado. Artículo 6º Constitucional
37 Para el ejercicio del derecho de acceso a la información, la Federación, los Estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, se regirán por los siguientes principios y bases: I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. Artículo 6º Constitucional
38 II. La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes. III. Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales o a la rectificación de éstos. IV. Se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos. Estos procedimientos se sustanciarán ante órganos u organismos especializados e imparciales, y con autonomía operativa, de gestión y de decisión. Artículo 6º Constitucional
39 V. Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos. VI. Las leyes determinarán la manera en que los sujetos obligados deberán hacer pública la información relativa a los recursos públicos que entreguen a personas físicas o morales. VII. La inobservancia a las disposiciones en materia de acceso a la información pública será sancionada en los términos que dispongan las leyes. Artículo 6º Constitucional
40 Establece un nuevo contexto de exigencia: los funcionarios públicos están sujetos a un escrutinio público permanente Ha insertado o fortalecido en la agenda nacional discusiones sobre: Seguridad nacional Ley de archivos Ley de protección de datos personales Límites a los secretos (bancario, fiduciario, fiscal, etc.) Ley General de Contabilidad Gubernamental Ley Federal del Trabajo Nueva Reforma Constitucional Ley General de Transparencia Gubernamental Los efectos democratizadores de la transparencia
41 Una Gestión Publica Transparente debe tener al menos seis rasgos: 1.Reconoce a las personas como titulares del derecho. 2.Reconoce a la “máxima publicidad” como principio de interpretación. 3.Impulsa un cambio organizacional respecto a como se produce, registra, distribuye, archiva y publica la información publica. 4.Documenta todos sus procesos decisorios y rutinarios. 5.Cuenta con archivos administrativos actualizados. 6.Organiza la Información sobre los indicadores de gestión y sobre los recursos públicos.
42 Domicilio: Teléfonos y Fax: LADA SIN COSTO.- www.ichitaip.org.mx ¡Gracias por su atención! Estamos a sus órdenes: Domicilio: Calle Ahuehuete #717, Col Universidad, C. P. 31106, Chihuahua, Chih. Teléfonos y Fax: (614) 201 33 00; (614) 201-33-01 LADA SIN COSTO.- 01(800) 300-2525 www.ichitaip.org.mx