1 v Análisis de la CGR sobre la Gestión de compras del Sector Municipal en el marco del Proyecto de Ley: “Ley Especial de Contratación Administrativa Municipal”. Expediente No.19.148. Presentación ante la Comisión Permanente especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo Marzo 2015 Contraloría General de la República
2 Gestión de las Compras Municipales
3 Tipo Contratación Últimos 5 años Fuente: Sistema Integrado de Actividad Contractual (SIAC) Tipo procedimientoTotal% Contratación directa119.58596,01% Licitación abreviada4.7453,81% Licitación pública nacional2240,18% Total124.554100,00%
4 Control Previo de las contrataciones Municipales Fuente: Estadísticas de la División de Contratación Administrativa de la CGR Tipo procedimientoTotal% Contr. directa20.19195,4% Licit. Abrev.9294,4% Licit. Púb. Nac.430,2% Total21.163100% Contrataciones municipales Año 2014 Fuente: Sistema Integrado de la Actividad Contractual (SIAC)
5 Decisiones en Control Previo de las Contrataciones Municipales. (Año 2014)
6 Control Previo de las contrataciones Municipales
7 v Resultados de fiscalizaciones de la CGR relacionadas con el proceso de contratación administrativa en las municipalidades
8 8 MunicipalidadesControl Interno6 MunicipalidadesMacroproyecto81 MunicipalidadesSIIM Fiscalización CGR
9 Debilidades
10 Proveedurías institucionales Unidades inexistentes Personal no idóneo e insuficiente Indefinición de roles de funcionarios Ausencia manual organización y funciones
11 Planificación No se publica programa de adquisiciones en primer mes Falta de verificación de recursos presupuestarios Falta de datos de proveedore Carencia de criterios de priorización Ejemplo: Contar con un cartel claro, sencillo y completo evita y minimiza riesgos de eventuales atrasos. De esta forma, no sólo se evitarían objeciones al cartel, sino apelaciones o problemas de ejecución, por una incorrecta aplicación del pliego cartelario. Es importante entonces que las administraciones no tomen las decisiones de forma improvisada o sin tener claridad de qué se pretende contratar.
12 Recepción y almacenamiento de bienes Carencia de sistemas informáticos Falta de registros de entrada y salida de bienes Debilidades en infraestructura de almacenes Debilidades en la conformación de expedientes
13 Efectos Bienes y servicios no necesariamente son resultado de necesidades identificadas Procesos desiertos o infructuosos Desaprovechamiento de figuras contractuales que podrían generar economías de escala Incumplimientos de la LCA e inobservancia de los controles internos Gestión ineficiente e ineficaz Bienestar de las comunidades ???? Bienestar de las comunidades ????
14 Acciones CGR Legislación de contratación administrativa Normativa de control interno CapacitaciónConsultas Asesoría presencial Disposiciones y recomendaciones SIIM
15 En resumen, la situación de la gestión de compras municipal Procedimientos contractuales Inmensa mayoría no se tramitan ante CGR Abrumadora tendencia de recurrir a contrataciones directas Debilidades en la gestión de compras Planificación Capacitación y personal Ausencia de normativas internas Sistemas de Información Cumplimiento LCA y normas de control Consecuencias Se afecta el logro de los objetivos municipales y la satisfacción de las necesidades comunales
16 Proyecto de ley “Ley Especial de Contratación Administrativa Municipal”. Expediente No 19.148.
17 Respuesta a Proyecto de ley “Ley Especial de Contratación Administrativa Municipal”. Expediente No.19.148. El proyecto de ley en análisis, no refiere estudio alguno en que se demuestre que efectivamente la Ley de Contratación Administrativa es el problema para que las municipalidades puedan cumplir sus funciones. Por qué la ley de Contratación Administrativa actual es el problema? Debería darse énfasis en la planificación y gestión, precisamente para alcanzar la satisfacción pública de una forma exitosa y oportuna. En ese sentido, lo primero que debe preguntarse la Administración es, cuáles son sus necesidades y cómo deben ser satisfechas. Las decisiones deben ir acompañadas de la debida justificación, no puede ser arbitraria y sin sustento. Planificación y gestión
18 Respuesta a Proyecto de ley “Ley Especial de Contratación Administrativa Municipal”. Expediente No 19.148. En materia de gestión debe contarse con los recursos humanos, materiales y económicos que permitan la ejecución de las contrataciones, así como un cronograma de todo el procedimiento de compra o adquisición del bien o servicio, descripción y estimación del costo del objeto, tareas y responsables Artículo 7 y 9 de la LCA El proyecto en cuestión regula escenarios idénticos o similares a los que la Ley de Contratación Administrativa estipula, por lo que no se evidencia el valor agregado que esa norma especial podría traer para hacer el proceso de adquisiciones más eficiente en el sector municipal. Valor agregado Este órgano contralor considera que una reforma normativa, y mucho menos una reforma de las características del proyecto en comentario, no resulta ser la respuesta adecuada a los problemas que el sector municipal pudiera presentar en ese campo. Respuesta a los problemas?
19 Respuesta a Proyecto de ley “Ley Especial de Contratación Administrativa Municipal”. Expediente No 19.148. El proyecto propone que las Municipalidades apliquen de forma supletoria la LCA y su reglamento y se sujeten únicamente a los principios constitucionales. No obstante, propone la aplicación de los procedimientos de la LCA. (Art.115 y 117) Principios constitucionales y procedimientos LCA? Cada Municipalidad dictaría vía reglamento su régimen de compras. Multiplicando el marco regulatorio por 81 normas. Por esa vía no cabría avalar contrataciones directas.(Art. 115) 81 reglamentos? Se potencia como novedad la posibilidad de que las Municipalidades utilicen figuras del derecho privado, tales como los fideicomisos, cuando eso ya resulta posible por el uso del artículo 3 de la Ley de Contratación Administrativa. (Art.116) Figuras ya reguladas
20 Respuesta a Proyecto de ley “Ley Especial de Contratación Administrativa Municipal”. Expediente No 19.148. Se posibilita que la Administración prescinda de la utilización de los procedimientos ordinarios en todos los casos en que tenga identificados a los potenciales oferentes en el mercado. Este supuesto deja un portillo abierto para que las municipalidades tramiten la totalidad de las compras a través de esta figura, al no establecerse los parámetros objetivos bajo los cuales se puede recurrir a ésta. (Art. 117) Se vulnera el principio de libre concurrencia Las excepciones no contemplan la totalidad de las excepciones que actualmente pueden utilizar las municipalidades de conformidad con la LCA y su Reglamento. A manera de ejemplo, no se contemplan, entre otras, las siguientes excepciones: actividad ordinaria, actividad contractual desarrollada entre entes de derecho público, proveedor único, seguridades calificadas y compras con fondos de caja chica. (Art.118) Excepciones
21 Respuesta a Proyecto de ley “Ley Especial de Contratación Administrativa Municipal”. Expediente No 19.148. Se prevé el uso de medios electrónicos para las compras públicas, lo cual ya prevé el artículo 40 de la Ley de Contratación Administrativa. Medios electrónicos ya están regulados Se regula la posibilidad de que los municipios realicen procedimientos de concesión de obras con o sin gestión de servicios públicos municipales. No obstante ello ya se encuentra regulado en artículo 5.1 de la Ley General de Concesión de Obras Públicas con Servicios Públicos. Convenio Marco no es herramienta idónea para la concesión de obra.(Art.119) Concesión de obras ya regulada Se pretende la reducción de plazos a CGR. (Art. 120).Se dan potestades en materia de refrendo al IFAM cuando son exclusivas de la CGR.(Art.122) Plazos CGR -- Refrendo es constitucional y corresponde a CGR
22 Conclusiones En la actualidad la mayor parte de las contrataciones municipales son tramitadas a través de contratación directa, por lo que no se podrían atribuir a los procedimientos ordinarios, los problemas de gestión que presenta el sector municipal. La inmensa mayoría de los trámites de contratación no se presentan a CGR. Como parte de los temas que no se observan dentro del proyecto, o bien su regulación resulta insuficiente, se encuentran: aspectos generales de cada tipo de procedimiento, aplicación de medios electrónicos, excepciones de contratación, régimen de sanciones, planificación y gestión de las contrataciones..
23 Conclusiones El proyecto regula escenarios idénticos o similares a los que la LCA estipula, por lo que no se evidencia el valor agregado que esta norma especial podría traer para hacer el proceso de adquisiciones más eficiente en el sector municipal. Cabe realizar un fuerte cuestionamiento: si los problemas radican en la planificación y gestión de las compras (exposición de motivos), por qué deberían dedicarse los esfuerzos a intentar resolverlos mediante la promulgación de una norma que no se refiere a dichos aspectos. ”El frío no está en las cobijas” Este órgano contralor se opone a la promulgación del presente proyecto, en el tanto no se visualiza como un mecanismo adecuado para efectos de dar respuesta a los problemas de gestión del sector municipal.
24 Muchas Gracias
25 Oficio 10738-2010 (04-10-2010). Respuesta a Proyecto de ley bajo el expediente No. 17727 El proyecto no probó que si se daba una adecuada aplicación de la Ley de Contratación Administrativa las Municipalidades estuvieran impedidas de llevar adelante sus procesos de compras. Qué impide a las municipalidades llevar adelante sus procesos de compras? Las Municipalidades han presentado problemas de gestión originadas en ausencia o falta de capacitación en materia de contratación administrativa, y en la exposición de motivos de ese proyecto de ley tampoco se observaba referencia alguna a esos temas Problemas de gestión y ausencia de capacitación? Se realizan modificaciones de competencias para esta Contraloría que afectan entre otros los plazos que actualmente tiene en la atención de determinados asuntos. No se analizaba la situación de los plazos administrativos, por lo que no se acredita que se esté buscando la celeridad de la contratación administrativa en ambas instancias. Plazos
26 Oficio 10738-2010 (04-10-2010). Respuesta a Proyecto de ley bajo el expediente No. 17727 Se potencia como novedad la posibilidad de que las Municipalidades utilicen figuras del derecho privado, tales como los fideicomisos, cuando eso ya resulta posible por el uso del artículo 3 de la Ley de Contratación Administrativa. Figuras de derecho privado que ya se pueden aplicar Se previa el uso de medios electrónicos para las compras públicas, lo cual ya prevé el artículo 40 de la Ley de Contratación Administrativa. Medios electrónicos ya están regulados Se señalan regulaciones sobre esquemas de contratación directa que ya están regulados de una forma más en el Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa. Se regulan esquemas que ya están regulados
27 Oficio 10738-2010 (04-10-2010). Respuesta a Proyecto de ley bajo el expediente No. 17727 Se regula la posibilidad de que los municipios realicen procedimientos de concesión de obras con o sin gestión de servicios públicos municipales. No obstante ello ya se encuentra regulado en artículo 5.1 de la Ley General de Concesión de Obras Públicas con Servicios Públicos. Concesión de obras Sobre la atención de recursos de objeción por parte de las municipalidades, se proponía disminuir en dos días hábiles el plazo en que debía resolver esas entidades, lo que se consideró que resultaría perjudicial para los municipios sino demuestran o acreditan la capacidad para poderlo resolver en un plazo inferior al ya fijado propuesto reglamentariamente, justificación o tema que en todo caso tampoco se trata o desarrolla en la exposición de motivos para la modificación de ley Plazo para los recursos de objeción
28 Oficio 10738-2010 (04-10-2010). Respuesta a Proyecto de ley bajo el expediente No. 17727 Se proponía que los plazos para que esta Contraloría General otorgue el refrendo a un contrato derivado de un procedimiento de licitación pública pase de 25 días hábiles a 20, sin que se justifique y/o acredite que el plazo actual no permita un actuar municipal con celeridad en temas de contratación administrativa y sin valorar que en muchos casos se trata de actividad contractual compleja que requiere de un estudio serio. Plazos CGR