1 www.clubaereo.clESTATUTOS Actualización Estandarización
2 www.clubaereo.cl De los Objetivos Cambios en objetivos Prestar servicios de vuelos de emergencia a sus asociados y familiares directos, entendi é ndose por é stos su c ó nyuge, hijos y padres. Lo anterior, por regulaciones aeronáuticas sobre trabajos aéreos, en específico los servicios de ambulancias aéreas. Crear Sedes del Club en las regiones del pa í s, de acuerdo con sus posibilidades econ ó micas y siempre que su creaci ó n se justifique conforme a las necesidades de cada zona. Consideramos que el correcto nombre es Sede
3 www.clubaereo.cl De los Socios Cambio en tipos de socios Lo anterior, para estandarizar a 3 categorías de socios: Activos, Cooperadores y Honorarios. Podr á n ser socios del Club A é reo del Personal: a.Los trabajadores de la Empresa Banco del Estado de Chile. b.Podr á n serlo previo estudio de cada postulaci ó n y acuerdo del Directorio, las personas indicadas en el Reglamento Especial Socios del Club A é reo del Personal de BancoEstado. c.Tambi é n podr á n ser socios las entidades y personas jur í dicas relacionadas con la Empresa Banco del Estado de Chile, cuya incorporaci ó n sea acordada por el Directorio, previa aprobaci ó n de una Asamblea Extraordinaria por mayor í a absoluta de los presentes
4 www.clubaereo.cl De los Socios La calidad de socio se adquiere: En el caso de los trabajadores del Banco del Estado de Chile, Filiales o Entidades Relacionadas, por el hecho de presentar su solicitud de ingreso y su autorizaci ó n escrita para que la secci ó n Sueldos del Banco del Estado de Chile, o la que corresponda o haga sus veces, efect ú e el descuento por planilla de las cuotas sociales que se fijen conforme al T í tulo III de estos Estatutos En los otros casos de personas naturales, por aceptaci ó n de parte del Directorio del Club, de la solicitud de ingreso correspondiente patrocinada por otro socio que se encuentre al d í a en todas sus obligaciones con el Club, en conformidad a las normas de estos Estatutos y del Reglamento Especial de Socios del Club A é reo del Personal de BancoEstado. El Directorio deber á pronunciarse sobre la solicitud de ingreso, en la primera sesi ó n que se realice despu é s de ser presentada. En el caso de personas jur í dicas por la aceptaci ó n en una Asamblea Extraordinaria de su incorporaci ó n, previa propuesta del directorio.
5 www.clubaereo.cl Derechos y Cuotas Los Socios seg ú n lo establecido en el Reglamento Especial de Socios del Club A é reo del Personal de BancoEstado, tendr á n las siguientes atribuciones: Elegir y ser elegidos para servir los cargos directivos de la Corporaci ó n. Presentar cualquier proyecto o proposici ó n al estudio del Directorio, el que decidir á su rechazo o inclusi ó n en la tabla de una Asamblea General. Todo proyecto o proposici ó n patrocinado por el 10% de los socios, a lo menos, con anticipaci ó n de quince d í as a la Asamblea General; ser á presentado a la consideraci ó n de é sta; y Participar con derecho a voz y voto en las Asambleas Generales. Cada socio que tenga derecho a voto, conforme a lo establecido en el Reglamento Especial Socios del Club Aéreo del Personal de BancoEstado, podrá hacerse representar en las sesiones de las Asambleas y en las elecciones de directores por otro socio con derecho a voto del Club, dirigiendo para el efecto una carta al Presidente. Cada socio podrá representar solamente a un socio. La cuota mensual ordinaria y la cuota de incorporaci ó n, ser á n las indicadas en el Reglamento Especial Socios del Club A é reo del Personal de BancoEstado, para cada tipo de socio. La actualizaci ó n de las cuotas mensuales ordinarias o de incorporaci ó n, ser á n fijadas por el Directorio e informadas anualmente en la Asamblea General Ordinaria.
6 www.clubaereo.clSanciones La calidad de socio se pierde: Por renuncia escrita presentada al Directorio. Por muerte del socio, y Por expulsi ó n acordada por la Comisi ó n de Disciplina, basada en las siguientes causales: Uno.- Por el incumplimiento de sus obligaciones pecuniarias, durante seis meses consecutivos. Dos.- Por causar causar grave da ñ o de palabra, por escrito o con obras a los intereses de la Corporaci ó n. El da ñ o debe haber sido comprobado por medios incuestionables. Tres.- Por haber sufrido tres suspensiones en sus derechos, en conformidad a lo dispuesto en el Art í culo 11°. Cuatro.- Por incumplimiento grave de las obligaciones que imponen estos estatutos o infracci ó n grave a los mismos, y Cinco.- Por infracci ó n de las leyes o reglamentos de la autoridad aeron á utica, o reglamentaci ó n interna del Club relativa a la actividad a é rea o al uso de material de vuelo. La expulsi ó n la decretar á la Comisi ó n de Disciplina conforme a su Reglamento
7 www.clubaereo.cl De la Administración Las citaciones a las Asambleas se har á n por comunicaci ó n enviada a los socios con quince d í as de anticipaci ó n a lo menos, por intermedio de avisos colocados en el recinto del Club, p á gina web o por otro medio que el Directorio determine. Deber á publicarse, adem á s, un aviso por una vez en un diario de circulaci ó n nacional, dentro de los diez d í as que precedan al fijado para la reuni ó n. Los Directores del Club cumplirán además, las funciones descritas tanto en la descripción de cargos del documento "Organización y Estructura del Club Aéreo del Personal de BancoEstado" como en el "Manual de Operaciones del Club Aéreo del Personal de BancoEstado". Podr á ser elegido miembro del Directorio cualquier socio Activo, Cooperador u Honorario Persona Natural, siempre que al momento de la elecci ó n no se encuentre suspendido en sus derechos, conforme a lo dispuesto en el art í culo Decimoprimero y lo establecido en el Reglamento Especial Socios del Club A é reo del Personal de BancoEstado
8 www.clubaereo.cl De la Administración El Directorio podr á delegar parte de sus funciones administrativas en un Administrador o gerente, especialmente contratado, qui é n obrar á con estricta sujeci ó n al mandato que se le confiera. El acuerdo del Directorio incluyendo las facultades del Administrador o Gerente deber á ser reducido a Escritura P ú blica. Si el postulante a dicho cargo no fuere socio de Club para proveer el cargo deber á llamarse a concurso de antecedentes. La Corporaci ó n podr á modificar sus Estatutos por acuerdo de una Asamblea Extraordinaria, adoptado por los dos tercios de los socios presentes. La Asamblea deber á celebrarse con asistencia de un Notario P ú blico o Secretario Municipal, el que certificar á el hecho de haberse cumplido con todas las formalidades que establecen los estatutos para su reforma.
9 www.clubaereo.cl De la Administración La Corporaci ó n podr á disolverse por acuerdo de una Asamblea General Extraordinaria, adoptado por los dos tercios de los socios presentes que se encontraren al d í a en el pago de sus cuotas sociales, con los mismos requisitos se ñ alados en el art í culo cuarenta y seis. La Asamblea deber á determinar si los bienes ser á n transferidos a la Federaci ó n A é rea de Chile (o quien la suceda legalmente), o se nombrar á una comisi ó n liquidadora la cual, una vez extinguidas las deudas y recuperados todos los derechos que correspondan, prorratear á el monto de la venta de los bienes del Club a cada socio.
10 www.clubaereo.cl Comisión de Disciplina En la sesi ó n ordinaria en que deba efectuarse la elecci ó n del Directorio, la Asamblea General designar á adem á s una Comisi ó n de Disciplina, compuesta por m í nimo tres m á ximo cinco miembros, que ser á n elegidos en la forma establecida en el art í culo 29, durar á n dos a ñ os en su cargo, sus obligaciones y atribuciones son las indicadas en el Reglamento de la Comisi ó n de Disciplina del Club A é reo del Personal de BancoEstado.
11 www.clubaereo.clREGLAMENTOS SOCIOS
12 www.clubaereo.cl Reglamento Socios ARTICULO 1°.- Se entender á por Socio Activo, a los socios alumnos pilotos y los socios que est é n en posesi ó n de una Licencia de Piloto de avi ó n en cualquier categor í a, otorgada por la Direcci ó n general de Aeron á utica Civil o por la autoridad aeron á utica que tuviere tal funci ó n y cuya incorporaci ó n haya sido aprobada por el Directorio. Los Socios Activos deber á n cumplir í ntegramente con lo indicado en el art í culo 9° de los Estatutos del Club ARTICULO 2°.- Se entender á por Socio Cooperador, a los socios personas naturales que no se encuentran en el N° 1 anterior, y cuya incorporaci ó n haya sido aprobada por el Directorio. Los Socios Cooperadores deber á n cumplir con lo dispuesto en el art í culo 9° letras a,b,c y d. de los Estatutos de Club ARTICULO 3°.- Se entender á por Socio Honorario, aquellos que por su actuaci ó n destacada al servicio de la aviaci ó n civil o de los intereses del club hayan obtenido esta distinci ó n en virtud de acuerdo adoptado por la Asamblea General a propuesta del Directorio, la que tambi é n se pronunciar á respecto de la exenci ó n de pagar cuotas. Pertenecer á n tambi é n a esta categor í a las entidades y personas jur í dicas que se aluden en el n ú mero art í culo sexto de los Estatutos de Club. Los Socios Honorarios Personas Naturales podr á n ser Activos o Cooperadores y tendr á n los Derechos indicados en el Art í culo N° 10 de los Estatutos. Los Socios Honorarios Persona Jur í dica, no podr á n formar parte del Directorio ni tendr á n derecho a voz y voto en las Asambleas.
13 www.clubaereo.cl Reglamento Socios Funcionario BancoEstado Ex funcionarios de BancoEstado Familiar HijoFamiliar Cónyuge Familiar Hermano Familiar Padre FilialesEntidades Relac. DerechoVoz y voto Voz Voz y votoVoz Cuota mensual Activo 0.2% sueldo base hasta completar UF 0,5 UF 0,5. Cuota mensual Cooperador 0,2% sueldo base$ 5.000.- Cuota incorporación Activo ExentoExento más de 5 años como socio. Exento si padre o madre más de 5 años como socio. Exento si cónyuge más de 5 años como socio, Exento si hermano más de 5 años como socio. Exento si hijo más de 5 años como socio, Exento UF 25 Cuota incorporación Cooperador ExentoExento más de 5 años como socio. Exento si padre o madre más de 5 años como socio. Exento si cónyuge más de 5 años como socio, Exento si hermano más de 5 años como socio. Exento si hijo más de 5 años como socio, Exento UF 1
14 www.clubaereo.clREGLAMENTOS Comisión Disciplina
15 www.clubaereo.cl Reglamento Comisión Disciplina Existirá una Comisión de Disciplina que en sus labores ordinarias será totalmente independiente del Directorio u otra autoridad del Club. La Comisión de Disciplina estará compuesta por mínimo tres y máximo cinco miembros: Uno o dos Socios Activos de vasta experiencia. Uno o dos Socios Cooperadores de destacada trayectoria y Uno o dos Socios Honorarios. Lo anterior, con la finalidad de estar representados todos los tipos de socios. Los miembros de la Comisión de Disciplina serán escogidos en la Asamblea General Ordinaria de Socios, y se constituirá dentro de los 30 días siguientes a su elección, procediendo a designar, de entre sus miembros, un Presidente y un Secretario.
16 www.clubaereo.cl Reglamento Comisión Disciplina La Comisión de Disciplina tendrá las siguientes funciones y atribuciones: a. Recibir, conocer, investigar y resolver los reclamos por faltas a la ética y disciplina, a los Estatutos y al presente Reglamento, con la excepción de las indisciplinas de vuelo cometidas por Pilotos y Alumnos Pilotos las cuales serán vistas por la Escuela de Vuelo, conforme a lo indicado en el Manual de Operaciones de Club, a menos que su gravedad determine ser llevados a esta instancia. b. Aplicar penalidades, sanciones o medidas disciplinarias por dichas faltas, las que podrán ir desde amonestación verbal hasta la expulsión del club, según los méritos de los hechos y los antecedentes, los que podrán ser apreciados en conciencia, por los miembros de la Comisión de Disciplina. c. Llevar un libro o registro de penalidades. d. Informar de sus actividades al Directorio del Club. e. Proponer a la Asamblea General la modificación de las normas y procedimientos que regulan la disciplina al interior del Club. anterior, y cuya incorporación haya sido aprobada por el Directorio.
17 www.clubaereo.cl Organización Club Relaciones Públicas Finanzas Contabilidad Com. Rev. Ctas. Pilotos Alumnos Pilotos OPERACIONES Instructores Concepción Araucanía EPREVAC SMS Comisión de Seg. y Disc. Directorio Administrador Instalaciones Flota Apoyo ASAMBLEA Área Recreativa Escuela de Vuelo Seguridad Operacional Operaciones Aéreas Coordinador Técnico Sedes Santiago Mantenimiento ADMINISTRACION