y de democracias multiculturales.

1 y de democracias multiculturales.CONSULTA PREVIA …para ...
Author: María Peña Crespo
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1 y de democracias multiculturales.CONSULTA PREVIA …para la construcción de ciudadanías interculturales y de democracias multiculturales. NOCIONES Y HERRAMIENTAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE UN MODELO DE DIÁLOGO DIFERENCIAL EN CONTEXTOS DE GESTIÓN SOCIOAMBIENTAL DEL SECTOR MINERO ENERGÉTICO EN COMUNIDADES ÉTNICAS Basem Abed Safa, Director ETHNIC APPROACH Móvil: (+57) Ciudad de Panamá, 24 de noviembre de 2016

2 “HERRAMIENTA DIFERENCIAL”CONTENIDO: SEGMENTO I. ENFOQUES PARA PROMOVER EL DIÁLOGO INTERCULTURAL BAJO EL MODELO DIFERENCIAL EN EL SECTOR MINERO ENERGÉTICO SEGMENTO II. “HERRAMIENTA DIFERENCIAL” ETHNIC APPROACH © Ciudad de Panamá, 24 de noviembre de 2016

3 SEGMENTO I. ENFOQUES PARA PROMOVER EL DIÁLOGO INTERCULTURAL BAJO EL MODELO DIFERENCIAL EN EL SECTOR MINERO ENERGÉTICO De acuerdo con la coyuntura actual del sector minero energético frente a las comunidades étnicas, la promoción del diálogo intercultural bajo el modelo DIFERENCIAL proyecta unas dimensiones distintas pero interdependientes en las que se contempla a todas las partes interesadas y exige la participación democrática, además de la adquisición de competencias interculturales y espacios abiertos para la concertación. ETHNIC APPROACH © Ciudad de Panamá, 24 de noviembre de 2016

4 GOBERNANZA DEMOCRÁTICA DE LA DIVERSIDAD CULTURALUna cultura política que valora la diversidad: Los valores comunes de la democracia, los derechos humanos y las libertades fundamentales, el Estado de derecho, el pluralismo, la tolerancia, la no discriminación y el respeto mutuo son las piedras angulares de una cultura política que valora la diversidad. Una cultura de la diversidad sólo puede desarrollarse si la democracia concilia la regla de la mayoría con los derechos de las personas que pertenecen a minorías. Imponer a la minoría la voluntad de la mayoría sin garantizar la protección efectiva de los derechos de todos es incompatible con los principios constitucionales. Una sociedad pluralista comprometida a armonizar la unidad y la diversidad no puede ser una sociedad “del que quiere ganar a toda costa”, sino que debe difundir valores de igualdad y de respeto mutuo en la esfera política. ETHNIC APPROACH © Ciudad de Panamá, 24 de noviembre de 2016

5 GOBERNANZA DEMOCRÁTICA DE LA DIVERSIDAD CULTURALLa democracia no significa simplemente que la opinión de la mayoría debe prevalecer en todo momento. Es preciso hallar un equilibrio, que asegure el trato adecuado y equitativo de las personas que pertenecen a minorías, y que evite cualquier abuso de la posición dominante. Requiere un sistema educativo que propicie el desarrollo del pensamiento crítico y la innovación, así como la creación de espacios en los que las personas puedan participar y expresarse. Debe impartirse formación a los funcionarios encargados de hacer seguimiento a los procesos. ETHNIC APPROACH © Ciudad de Panamá, 24 de noviembre de 2016

6 DERECHOS HUMANOS Los derechos humanos proporcionan un marco esencial para la práctica del diálogo intercultural. El derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, a la libertad de religión, a la libertad de reunión y asociación; los derechos civiles y políticos, los derechos socioeconómicos (el acceso al empleo, la educación, la protección social, la salud y la vivienda) y los derechos culturales definidos en varias cartas y convenios. ETHNIC APPROACH © Ciudad de Panamá, 24 de noviembre de 2016

7 DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES AL IGUAL DISFRUTE DE LOS DERECHOSAsegurar una verdadera igualdad de oportunidades. Aquéllos quienes más necesitan que se protejan sus derechos son, con frecuencia, los menos capacitados para reivindicarlos. Por este motivo, la protección jurídica de los derechos debe ir acompañada de medidas de política social bien definidas, a fin de asegurar que todas las personas puedan gozar efectivamente de sus derechos. Con independencia del principio de no discriminación, también se alienta al Estado y a las empresas privadas a tomar medidas positivas para corregir las desigualdades vinculadas con la discriminación de que son objeto los miembros de los grupos étnicos en las zonas de influencia. En la esfera pública, las autoridades estatales deben respetar estrictamente la prohibición de la discriminación, que muestra la neutralidad del Estado en las cuestiones culturales y religiosas. ETHNIC APPROACH © Ciudad de Panamá, 24 de noviembre de 2016

8 CIUDADANÍA Y PARTICIPACIÓNLa ciudadanía, en el sentido más amplio del término, representa un derecho e incluso un deber de participar, junto con los demás, en la vida social y económica y en los asuntos de la comunidad. Es esencial para el diálogo intercultural, ya que nos invita a pensar en los demás, no de manera estereotipada –como “el otro”–, sino como conciudadanos y como nuestros iguales. El empoderamiento de la ciudadanía en las comunidades étnicas fomenta la participación cívica, por lo que contribuye a valorar la “presencia del Estado” y promueve la participación en jornadas democráticas con lo cual se logra el objetivo de elegir lo que conviene para las comunidades. Es preciso evitar la tentación de considerar como únicos interlocutores apropiados a los responsables masculinos de las minorías étnicas. pertenecientes a la primera generación de migrantes. Es importante reconocer la diversidad y las relaciones sociales que existen y alentar especialmente a los jóvenes a participar. ETHNIC APPROACH © Ciudad de Panamá, 24 de noviembre de 2016

9 APRENDIZAJE Y ENSEÑANZA DE COMPETENCIAS INTERCULTURALESLas competencias necesarias para el diálogo intercultural no se adquieren automáticamente: Se deben aprender, practicar y mantener. Las autoridades públicas, las instituciones educativas, las OSC, las comunidades religiosas, los medios de comunicación y los demás agentes del sector de la educación, que trabajan en los distintos contextos institucionales y a todos los niveles, pueden desempeñar una función decisiva a este respecto en la consecución de los objetivos. APRENDIZAJE NO FORMAL Las OSC son un elemento indispensable de la democracia pluralista ya que favorecen la participación activa en los asuntos públicos y la ciudadanía democrática responsable, basada en los derechos humanos y en la igualdad de género. Por lo tanto, podría contemplarse la posibilidad de brindar a este tipo de organizaciones la oportunidad y los fondos necesarios para ofrecer servicios voluntarios en beneficio de los miembros de las comunidades étnicas, en particular los jóvenes, a fin de aumentar sus posibilidades tanto en el mercado de trabajo como en la sociedad. ETHNIC APPROACH © Ciudad de Panamá, 24 de noviembre de 2016

10 ESPACIOS DE DIÁLOGO Es esencial crear espacios de diálogo abiertos a todos. Lograr una gobernanza intercultural satisfactoria, a cualquier nivel, depende en gran parte de la capacidad para cultivar dichos espacios. Las actividades culturales pueden ayudar a conocer expresiones culturales diversas, y contribuir así a la tolerancia, el entendimiento y el respeto mutuos. Se atraviesan las fronteras culturales de una forma natural, se crean contactos y conectan directamente con las emociones de las personas. ETHNIC APPROACH © Ciudad de Panamá, 24 de noviembre de 2016

11 “HERRAMIENTA DIFERENCIAL”SEGMENTO II. “HERRAMIENTA DIFERENCIAL” ETHNIC APPROACH © Ciudad de Panamá, 24 de noviembre de 2016

12 OBJETIVO HERRAMIENTA:El principal objetivo de la presente herramienta es proporcionar una hoja de ruta que, desde lo local, permita crear las bases para el diálogo intercultural y la facilitación de espacios para el abordaje y normal ejecución de las concesiones minero energéticas en territorios de comunidades étnicas. INSTRUMENTOS JURÍDICOS: Acuerdo 05 de 2011 (ANH). Decreto 2893 de 2011, Artículo 16 (Dirección de Consulta Previa). Decreto 3573 de 2011 (Creación de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales). Decreto 4137 de 2011. Anexo F de la Minuta del contrato E&P a partir de 2012. Decreto 2041 de 2014 (Competencias en materia de Licencias Ambientales). Demás Jurisprudencia de la Corte Constitucional. INSTRUMENTOS JURÍDICOS: Convenio 169 de la OIT. Constitución Política: Artículos 1, 2, 7 (El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación.), 8, 10, 40, 330 Parágrafo y 332. Ley 21 de 1991 por la cual se adopta en la legislación interna el Convenio 169 de la OIT. Ley 99 de 1993, Artículo 76. Decreto 1320 de 1998. Decreto 1760 de 2003. Ley 1274 de 2009. Directiva Presidencial 01 de 2010. Sentencia T-129 de 2011. Resolución 708 de 2016 (Elaboración, Evaluación y Ejecución de los Planes de Gestión Social, ANM). ETHNIC APPROACH © Ciudad de Panamá, 24 de noviembre de 2016

13 HERRAMIENTA: ETHNIC APPROACH ©Ciudad de Panamá, 24 de noviembre de 2016

14 Coordinación y Facilitación:PARTICIPANTES EN EL PROCESO:  Coordinación y Facilitación: Gerencia Social, Industria / Consultores Externos. Partes: - Grupo Étnico (Indígenas, afrocolombianos y/o rom). - JAC Áreas de Influencia. - Responsable del Proyecto (Empresas).  Acompañamiento Técnico: - Ministerio del Interior – Dirección Asuntos Étnicos (Grupo de Consulta Previa). - Agencia Nacional de Hidrocarburos / Agencia Nacional de Minería. - Ministerio de Minas y Energía. - Autoridad Ambiental (Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA y Corporaciones Autónomas Regionales).    Garantes: - Defensoría del Pueblo. - Personerías Municipales. - Procuraduría General de la Nación (Regionales/Ambientales). - Oficinas de Asuntos Étnicos de las Gobernaciones y Alcaldías. - Grupo de Consulta Previa, Ministerio del Interior. ETHNIC APPROACH © Ciudad de Panamá, 24 de noviembre de 2016

15 Gracias… Basem Abed Safa, Director ETHNIC APPROACH(Bogotá D.C. - Colombia) Móvil: (+57) Ciudad de Panamá, 24 de noviembre de 2016